Se deja sin efectos calendario de la habilitación tecnológica del documento de operación para despacho aduanero (DODA)

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Boletín núm. P023

Ciudad de México, a 03 de marzo de 2017

SE DEJA SIN EFECTOS EL CALENDARIO DE LA HABILITACIÓN TECNOLÓGICA DEL DOCUMENTO DE OPERACIÓN PARA EL DESPACHO ADUANERO (DODA)

Se hace referencia al boletín número P014, publicado en la página de internet www.sat.gob.mx, el pasado 10 de febrero de 2017, mediante el cual, en cumplimiento al artículo décimo quinto de las RGCE vigentes, se dio a conocer el nuevo calendario para la habilitación tecnológica por aduana del despacho aduanero DODA-QR.

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Al respecto, el presente es para hacer de su conocimiento que dicho calendario de habilitación tecnológica queda sin efectos, a partir de ésta fecha. La habilitación por aduana se dará a conocer de manera paulatina por este mismo medio, el orden de habilitación por aduana se mantendrá de acuerdo a lo descrito en el boletín número P014 y será de conocimiento de los usuarios cuando menos 10 días hábiles previo a su inicio a fin de que las figuras aduanales cuenten con tiempo suficiente para programar sus operaciones mediante el esquema DODA-QR.

Las aduanas de Acapulco, Salina Cruz, Tuxpan, Torreón, Sonoyta, Dos Bocas, La Paz, Naco, Cd. Del Carmen y Tampico, que actualmente operan con el despacho aduanero DODA-QR, se mantienen en el uso del mismo.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.