DOF 23 septiembre 2026
Aviso por el que se dan a conocer las tarifas autorizadas para el cobro de diferentes servicios portuarios, aplicables en diversos puertos de México
En resumen:
Entrada en vigor del Aviso: 23 de septiembre de 2026
Entrada en vigor de las tarifas: a partir de los 20 días hábiles siguientes a su publicación. El Aviso fundamenta este plazo en el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos.
¿A quiénes puede afectar?
La publicación es relevante principalmente para importadores, exportadores, agentes aduanales, navieras, operadores logísticos, terminales, recintos y empresas que utilicen servicios portuarios en Puerto Vallarta, Topolobampo y Guaymas, particularmente cuando sus operaciones involucren recolección de residuos, lanchaje, suministro de agua potable o pesaje.
Aunque el Aviso no modifica aranceles de importación o exportación, los ajustes autorizados pueden repercutir en el costo logístico y operativo de las operaciones de comercio exterior realizadas en esos puertos.
¿Qué publicó la Secretaría de Marina?
La Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, dio a conocer la autorización de tarifas para distintos servicios portuarios aplicables en diversos puertos de México.
El documento señala que las actualizaciones derivan de solicitudes presentadas ante la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad Marítima Nacional y posteriormente autorizadas por la Dirección General de Puertos.
Las tarifas corresponden a los siguientes servicios:
| Solicitante | Servicio portuario | Puerto |
|---|---|---|
| Maritime Procurement Services, S.A.P.I. de C.V. | Recolección de basura y residuos peligrosos | Puerto Vallarta, Jalisco |
| Maniobras y Remolques de Topolobampo, S.C. | Lanchaje | Topolobampo, Sinaloa |
| Administración del Sistema Portuario Nacional Topolobampo, S.A. de C.V. | Suministro de agua potable | Topolobampo, Sinaloa |
| Análisis y Determinación de Pesos y Volúmenes, S.A. de C.V. | Pesaje | Guaymas, Sonora |
El Aviso remite a documentos específicos publicados en el portal del Diario Oficial de la Federación para consultar el monto y condiciones particulares de cada tarifa.
Fundamento legal
La publicación cita, entre otros ordenamientos, los artículos 44, 45, 51, fracción V, 59, 60 y 61 de la Ley de Puertos, así como los artículos 70 a 82 y 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, además de la Regulación Tarifaria publicada en el DOF el 22 de diciembre de 1999.
De acuerdo con el propio Aviso, la Secretaría de Marina cuenta con atribuciones para establecer bases de regulación tarifaria y de precios respecto del uso de determinados bienes y servicios portuarios cuando no existan condiciones suficientes de competencia.
Aspectos relevantes para las operaciones de comercio exterior
El principal efecto práctico de esta publicación es la actualización de costos asociados a servicios portuarios específicos. Las empresas que utilicen estos servicios deberán revisar las tarifas autorizadas y considerar su impacto en cotizaciones, presupuestos, contratos logísticos y estructuras de costo.
En particular:
- En Puerto Vallarta, el cambio corresponde a los servicios de recolección de basura y residuos peligrosos.
- En Topolobampo, se actualizaron tarifas para lanchaje y suministro de agua potable.
- En Guaymas, la actualización corresponde al servicio de pesaje.
El Aviso entra en vigor el mismo 23 de septiembre de 2026; sin embargo, las tarifas autorizadas comienzan a surtir efectos una vez transcurridos los 20 días hábiles posteriores a la publicación. Por ello, las empresas que operan regularmente en estos puertos deberían anticipar la actualización de sus costos y validar directamente las tarifas aplicables antes de programar o cotizar nuevas operaciones.
Publicación oficial:
DOF 23 septiembre 2026
AVISO por el que se dan a conocer las tarifas autorizadas para el cobro de diferentes servicios portuarios, aplicables en diversos puertos de México.
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