Boletín núm. P026
Se hace del conocimiento de los usuarios de Comercio Exterior que el día 12 de abril de 2016, se liberó a producción la versión del Validador de Operaciones de Comercio Exterior que incorpora la funcionalidad mencionada en el último párrafo de la regla 4.5.9, de las Reglas Generales de Comercio Exterior, que señala textualmente . . .
”Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, no podrán introducir mercancías al régimen de depósito fiscal clasificadas en las partidas 9503 y 9504 de la TIGIE.”
En consecuencia de ello, dejó de emitir el error 551 3 3 62 “FRACCION NO AUTORIZADA A IMPORTAR A DEPOSITO FISCAL CON CLAVE DE DOCUMENTO A4”, cuando la operación de depósito fiscal con fracciones de las partidas 9503 y 9504 de la TIGIE es realizada con un RFC diferente al de extranjeros.
Sin mas por el momento reciba un cordial saludo.