Boletín núm. P066
Ciudad de México a 31 de octubre de 2017
Lineamientos que deben de observar quienes tengan la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de los datos contenidos en los pedimentos
Me refiero a la Regla 1.8.2., fracciones X y XVI de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, que disponen:
“Para los efectos de los artículos 16-A de la Ley y 13 del Reglamento, quienes obtengan la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de los datos asentados en los pedimentos, deberán cumplir con lo siguiente:
……..
X. Mantenerlaconfidencialidadabsolutadetodalainformaciónydocumentaciónempleada,así
como de los sistemas utilizados.
Asimismo, se deberá cumplir con la “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, publicada en el Portal del SAT.
………
XVI. Cumplir con los requerimientos tecnológicos, funcionales, servicios generales, niveles de servicio y de confidencialidad mínimos, establecidos en los lineamientos que para tal efecto emita la AGA, mismos que se darán a conocer en el Portal del SAT. Dichos requerimientos se acreditarán mediante el oficio de validación y opinión técnica para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos.”
Sobre el particular, se hace de su conocimiento que el 23 de octubre de 2017, se publicaron en la página del SAT los rvar quienes tengan la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos y los interesados en obtenerla, de conformidad con la Regla 1.8.2., fracciones X y XVI de las Reglas Generales de Comercio Exterior y la ficha de trámite
La ruta directa para consultar los lineamientos es la siguiente: SAT > ADUANAS > TRÁMITES Y AUTORIZACIONES > PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS
Sin más por el momento reciba un cordial saludo.