Resolución anticipada de las Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017

0.B8
G-0101/2017
México D.F., a 4 de Abril de 2017

Resolución anticipada de las Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la resolución citada al rubro, por medio de la cual se determina lo siguiente:

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Se adiciona la regla 3.2.8 la cual señala:

  • Ya no será necesario presentar la “Declaración de aduana para pasajeros del extranjero (español e inglés), ni la activación del mecanismo de selección automatizada siempre y cuando el pasajero solo traiga el equipaje y franquicia a que se refiere la regla 3.2.3, se deberá dirigir al carril “nada que declarar”. En caso de que el pasajero lleve consigo equipaje adicional al ya mencionado deberá dirigirse al carril de “Auto declaración. 
  • Cuando se tengan que declarar cantidades en efectivo, cheques nacionales o extranjeros o cualquier otro documento por cobrar deberán hacerlo a través del formato oficial Declaración de Internación o Extracción de Cantidades en Efectivo y/o documentos por Cobrar (Español e Inglés).

Este procedimiento será aplicable para la revisión de equipajes y/o mercancías que traigan consigo los pasajeros procedentes del extranjero.

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA