Blog Aduanero

Noticias y Publicaciones de Comercio Exterior

Advertisement

Prohíben Textiles y Calzado en Recinto Fiscalizado Estratégico: SAT endurece controles en RGCE 2026

Consorcio Jurídico Aduanero

DOF 20 mayo 2026

ANEXOS 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 21 de mayo de 2026 (al día siguiente de su publicación en el DOF, salvo disposición específica)

¿A quién afecta esta modificación?

Esta reforma impacta principalmente a:

  • Empresas IMMEX y operadores de comercio exterior que utilizan el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)
  • Importadores y comercializadores de textiles y calzado
  • Operadores logísticos y administradores de RFE
  • Agentes aduanales y agencias aduanales
  • Empresas de confección, moda, retail y distribución
  • Contribuyentes que realizan transferencias entre regímenes aduaneros

La modificación incrementa significativamente el riesgo operativo y fiscal para operaciones vinculadas con mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE.

Publicación oficial

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación la:

  • Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2026
  • Primera Modificación al Anexo 22 de las RGCE para 2026
  • Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2026

Temas principales de la modificación

1. Se deroga el criterio 5/LA/PI del Anexo 5

Fundamento: Anexo 5, apartado II.a), criterio 5/LA/PI

El SAT elimina formalmente el criterio denominado:

“Mercancías destinadas al régimen de recinto fiscalizado estratégico. Textiles y calzado”.

No obstante, esta derogación no representa una flexibilización. Por el contrario, el contenido sustancial del criterio ahora se incorpora directamente al Anexo 29 mediante una prohibición expresa. 

2. Prohibición expresa para destinar textiles y calzado al RFE

Fundamento: Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE 2026

La modificación más relevante consiste en que las mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE ya no podrán destinarse al régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico. 

Entre las mercancías afectadas se encuentran:

  • Seda
  • Lana
  • Algodón
  • Hilados
  • Tejidos
  • Mezclilla
  • Fibras textiles
  • Prendas de vestir
  • Calzado
  • Manufacturas textiles diversas

La lista incorporada al Anexo 29 contiene una relación extensa de fracciones arancelarias restringidas. 

3. El SAT detectó esquemas de evasión mediante RFE

La autoridad explica que identificó operaciones en las que mercancías textiles y calzado:

  • Ingresaban al RFE supuestamente para transformación o elaboración
  • Salían prácticamente sin modificación
  • Se reclasificaban arancelariamente
  • Permanecían indefinidamente en territorio nacional mediante transferencias o cambios de régimen
  • Evitaban el pago de contribuciones, cuotas compensatorias y regulaciones no arancelarias

Desarrollo e implicaciones prácticas

El cambio elimina una estrategia operativa utilizada por diversos importadores

Hasta antes de esta modificación, algunos operadores utilizaban el RFE para introducir textiles y calzado bajo esquemas de manejo, almacenaje o supuesta transformación, aprovechando beneficios como:

  • Diferimiento de contribuciones
  • Flexibilidad operativa
  • Transferencias entre recintos
  • Cambios de régimen sin importación definitiva inmediata

Con esta reforma, el SAT cierra completamente esa posibilidad para mercancías textiles y de calzado.

Riesgos relevantes para contribuyentes y operadores

El documento advierte posibles consecuencias severas para quienes intenten continuar utilizando esquemas indebidos:

Infracciones aduaneras

Fundamento: artículo 176, fracciones I y II de la Ley Aduanera

La autoridad puede considerar:

  • Omisión de contribuciones
  • Omisión de cuotas compensatorias
  • Incumplimiento de permisos o regulaciones

Posibles delitos fiscales y aduaneros

Fundamento: artículos 102, 103 y 108 del CFF

El SAT señala expresamente posibles actualizaciones de:

  • Contrabando
  • Defraudación fiscal
  • Declaración inexacta de clasificación arancelaria

Riesgo para agentes aduanales y agencias aduanales

La publicación también enfatiza posibles causales de:

  • Suspensión de patente
  • Cancelación de patente
  • Cancelación de autorización de agencia aduanal

cuando exista omisión de contribuciones vinculada con estas operaciones. 

Modificación relacionada al Anexo 22

El Anexo 22 también se actualiza para señalar que el criterio derogado “queda sin materia”, precisamente porque ahora la prohibición ya fue incorporada expresamente al Anexo 29. 

Recomendaciones inmediatas para empresas

Las empresas que operan textiles o calzado deben revisar de inmediato:

  • Sus autorizaciones de RFE
  • Inventarios actualmente destinados al régimen
  • Operaciones de transferencia entre recintos
  • Clasificaciones arancelarias utilizadas
  • Estrategias IMMEX y logísticas
  • Riesgos de permanencia irregular en territorio nacional

También será indispensable validar impactos en costos, contribuciones y cumplimiento regulatorio.

Conclusión

La autoridad aduanera endurece de manera importante el control sobre operaciones de textiles y calzado, eliminando la posibilidad de utilizar el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico para este tipo de mercancías.

El cambio representa un ajuste estructural relevante para importadores, operadores logísticos y empresas IMMEX, particularmente en sectores sensibles históricamente vinculados con subvaluación, triangulación o evasión de contribuciones.


Publicación oficial:

DOF 20 mayo 2026

ANEXOS 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)

Consorcio Jurídico Aduanero

Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!