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Nuevas Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan entran en vigor el 15 de agosto de 2026

Consorcio Jurídico Aduanero

DOF 14 agosto 2026

Aviso mediante el cual se da a conocer la liga electrónica para consulta de las Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan de laAdministración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V.

En resumen:

Entrada en vigor: 15 de agosto de 2026

La Secretaría de Marina publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso mediante el cual informa que las Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan, Veracruz, administrado por la Administración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V. (ASIPONA Tuxpan), fueron autorizadas por la Dirección General de Puertos y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. La publicación también aparece en la edición oficial del DOF del 14 de agosto de 2026. 

¿A quién puede afectar?

La publicación resulta relevante para autoridades, servidores públicos y público en general, conforme lo señala expresamente el aviso. En términos prácticos, deberá ser revisada especialmente por empresas y personas que realicen actividades dentro del Puerto de Tuxpan y que estén sujetas a sus disposiciones operativas, particularmente usuarios, operadores y prestadores de servicios portuarios. 

¿Qué se publicó?

El aviso informa que la Dirección General de Puertos de la Secretaría de Marina autorizó las Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan, Veracruz, y da a conocer las ligas electrónicas oficiales para su consulta tanto en el Diario Oficial de la Federación como en la página institucional de ASIPONA Tuxpan. 

La publicación se fundamenta en:

  • Artículo 40, fracción VII, de la Ley de Puertos.
  • Artículos 84, fracción V, y 85 del Reglamento de la Ley de Puertos.
  • Artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Principales efectos de la publicación

El aspecto más importante es la entrada en vigor de un nuevo instrumento operativo para el Puerto de Tuxpan a partir del 15 de agosto de 2026. Esto significa que las operaciones sujetas a las Reglas del Puerto deberán revisarse considerando el documento autorizado para determinar obligaciones, procedimientos, condiciones operativas y demás disposiciones aplicables.

Para empresas que utilizan regularmente este puerto, resulta recomendable verificar si sus procedimientos internos, instrucciones a agentes, prestadores de servicios y coordinación logística requieren ajustes a partir de la entrada en vigor.

Importante: alcance del aviso publicado en el DOF

El aviso del 14 de agosto no desarrolla ni enumera el contenido individual de las nuevas Reglas de Operación ni identifica qué reglas cambiaron respecto de una versión anterior; únicamente comunica su autorización, entrada en vigor y los medios electrónicos para consultar el instrumento completo. 

Por ello, con base exclusivamente en esta publicación no es posible afirmar qué disposiciones específicas fueron modificadas en temas como accesos, maniobras, seguridad, servicios portuarios, programación de buques, mercancías, almacenamiento o responsabilidades de los usuarios.

¿Qué deben hacer las empresas?

Las empresas con operaciones en Tuxpan deberían incorporar la revisión de las nuevas Reglas de Operación a sus controles de cumplimiento y confirmar que sus procedimientos se encuentren alineados con el instrumento vigente desde el 15 de agosto de 2026.

En especial, conviene identificar cualquier disposición que pueda afectar tiempos de operación, requisitos documentales, acceso a instalaciones, coordinación con autoridades y prestadores de servicios, obligaciones de seguridad o responsabilidades dentro del recinto portuario.


Publicación oficial:

DOF 14 agosto 2026

AVISO mediante el cual se da a conocer la liga electrónica para consulta de las Reglas de Operación del Puerto de Tuxpan de laAdministración del Sistema Portuario Nacional Tuxpan, S.A. de C.V.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

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