Se deberá declarar el # de contenedor sin dígito verificador en Ventanilla Digital, SICOFE, en pedimento y en código de barras

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Boletín núm. P009

Ciudad de México a 10 de Febrero de 2016.

Número de carro / contenedor en operaciones en ferrocarril

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Me refiero al boletín P011 publicado el 29 de Enero de 2008, en el cual se señala que el número de carro o contenedor en la NIU, pedimento y/o código de barras deberá declararse considerando el número fisíco del contenedor sin el digito verificador.

Sobre el particular, se comunica que lo dispuesto en dicho boletín continúa vigente por lo que en la Ventanilla Digital, en el SICOFE, en el pedimento y en el código de barras se deberá declarar el número de contendor sin el digito verificador.

Para cualquier duda o comentario comunicarse con María Concepción López Escutia maria.lopez@sat.gob.mx, RDI 42211, Tel: 58020000.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

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