Se modifica TIGIE respecto del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas

DOF 22 de abril 2024

DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, respecto del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas

En resumen:

El decreto emitido modifica la tarifa del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas.

Específicamente en las fracciones arancelarias 0901.21.99, 0901.22.99, y 0901.90.99. Se establece un arancel del 20% para el café tostado y molido en envases individuales de hasta 40 gramos, así como para sucedáneos de café que contengan café en cualquier proporción, también presentados en envases de hasta 40 gramos. Esta medida entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, que fue el 19 de abril de 2024.

La modificación se realiza en un contexto de apoyo a la industria del café nacional y para mantener precios competitivos para los consumidores, además de asegurar la disponibilidad de estos productos en el mercado mexicano.


Publicación oficial:

DOF 22 de abril 2024

DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, respecto del arancel-cupo aplicable al café en cápsulas


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