Se da a conocer domicilio oficial de Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas

DOF: 07/12/2023

ACUERDO por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria de Economía, con fundamento en los artículos 14 y 34, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 42 y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 3, párrafo segundo, 5, fracciones IX, XII y XVII, 64 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Economía es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada a la que le compete el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

Que el artículo 3, párrafo segundo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía señala que los servidores públicos, las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la dependencia tendrán su sede en la Ciudad de México, salvo que exista acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación que establezca otra sede;

Que el artículo 5, fracciones IX, XII y XVII, del citado Reglamento señala que corresponde a la persona titular de la Secretaría de Economía, de manera indelegable, aprobar la organización y funcionamiento de la dependencia; crear, suprimir o modificar las oficinas de representación en las entidades federativas o cualquier otra unidad de la Secretaría con la circunscripción territorial que se determine, y expedir los acuerdos de carácter general y demás ordenamientos cuya aplicación y vigilancia correspondan a la Secretaría;

Que conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas autorizadas para llevar a cabo los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrá de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos;

Que el artículo 31, fracción VI del Código Civil Federal establece que será considerado como domicilio legal, para el caso de los servidores públicos, el lugar donde desempeñan sus funciones por más de seis meses;

Que de conformidad con el artículo 70, fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Secretaría de Economía, como sujeto obligado de la misma, debe poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa al domicilio de la unidad de transparencia;

Que el 26 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía; el 19 de marzo de 2019 se publicó en el mismo órgano de difusión oficial el Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Dirección General de Minas, y el 9 de mayo de 2019 se publicó en el referido medio de difusión oficial el Aviso por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario;

Que a efecto de generar certeza y seguridad jurídica a las autoridades jurisdiccionales y administrativas, así como a los usuarios y al público en general, y con el propósito de dar cumplimiento a las diversas disposiciones jurídicas aplicables que imponen la obligación a esta Secretaría de señalar su domicilio oficial para todos los efectos a que haya lugar, resulta necesario hacer del conocimiento del público en general el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma, y

Que el 13 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determina la organización, funcionamiento y circunscripción de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía, mediante el cual se da a conocer la sede de las mismas, las cuales deben ser acordes con los domicilios de dichas unidades administrativas, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Primero. Se expide el Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma, para quedar como sigue:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO OFICIAL DE LA SECRETARÍA DE
ECONOMÍA Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS ADSCRITAS A LA MISMA

Artículo 1. El domicilio oficial de la Secretaría de Economía se encuentra ubicado en el inmueble sito en calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, para todos los efectos legales a que haya lugar.

Las unidades administrativas de la Secretaría de Economía a que se refiere el artículo 2, apartado A del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía se ubican en el domicilio señalado en el párrafo anterior, con excepción de las referidas en la fracción II, numeral 48 de dicho apartado y en los artículos 2 y 3 del presente Acuerdo.

Artículo 2. La Unidad de Administración y Finanzas y la Unidad de Apoyo Jurídico, así como las unidades administrativas adscritas a las mismas, para todos los efectos legales a que haya lugar, tienen como domicilio oficial el inmueble que se ubica en Boulevard Adolfo López Mateos número 3025, Colonia San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial La Magdalena Contreras, Código Postal 10400, en la Ciudad de México.

Artículo 3. La Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas y las unidades administrativas adscritas a la misma, para todos los efectos legales a que haya lugar, tienen su domicilio oficial en el inmueble que se ubica en Avenida Puente de Tecamachalco número 26, Colonia Lomas de Chapultepec, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11000, en la Ciudad de México.

Artículo 4. La Unidad de Transparencia de la Secretaría de Economía tiene como domicilio oficial el señalado en el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo 5. Los Comités Técnicos del Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR) y del Fideicomiso del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (FINAFIM), para todos los efectos legales a que haya lugar, tienen como domicilio oficial el señalado en el artículo 1 del presente Acuerdo.

Artículo 6. El Consejo Directivo y el Comité de Seguimiento y Análisis de Proyectos del Fondo Nacional Emprendedor, para todos los efectos legales a que haya lugar, tienen su domicilio en Boulevard Adolfo López Mateos número 3025, Colonia San Jerónimo Aculco, Demarcación Territorial La Magdalena Contreras, Código Postal 10400, en la Ciudad de México.

Artículo 7. Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites, servicios, procedimientos administrativos y cualquier otra diligencia que guarde relación con los asuntos de la competencia de las unidades administrativas y órganos colegiados señalados en los artículos anteriores y que se lleven a cabo con y por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales en la Ciudad de México, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, órganos autónomos, demás autoridades y público en general, deberán enviarse y realizarse en el domicilio que corresponda conforme a lo previsto en el presente Acuerdo. Lo anterior, sin perjuicio del uso de los medios de comunicación electrónica ya existentes o los que se establezcan para tal efecto, de conformidad con la normativa aplicable.

Tratándose de las notificaciones de demandas, emplazamientos a juicio, solicitudes, resoluciones, requerimientos de información y cualquier clase de notificación y actuación que exija un trámite procesal de cualquier instancia de carácter judicial, administrativa, agraria y del trabajo; que provengan del Poder Judicial de la Federación, Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales, Fiscalía General de la República, Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, fiscalías generales de las entidades federativas, Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, juntas Federal y locales de Conciliación y Arbitraje, tribunales laborales Federales y Estatales, Tribunal Federal de Justicia Administrativa y demás autoridades que se relacionen con o en loscuales se señale como autoridad demandada o responsable, tercero o parte relacionada a la Secretaría de Economía o cualquier unidad administrativa adscrita a la misma, así como a los órganos colegiados señalados en los artículos 5 y 6 de este Acuerdo, se deberán realizar en la oficialía de partes de la Unidad de Apoyo Jurídico, en el domicilio a que se refiere el artículo 2 del presente Acuerdo.

Artículo 8. Las Oficinas de Representación referidas en el artículo 2, apartado A, fracción II, numeral 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía tienen como domicilio oficial el siguiente:

I.          Oficina de Representación de Aguascalientes: Avenida Tecnológico número 106, Ex-Hacienda Ojo Caliente, Colonia IV Centenario, Código Postal 20190, Aguascalientes, Aguascalientes;

II.         Oficina de Representación de Baja California: calle 7° Galeana número 8133, piso 5, Interior 509, Colonia Zona Centro, Código Postal 22000, Tijuana, Baja California;

III.        Oficina de Representación de Baja California Sur: Avenida Instituto Politécnico Nacional número 325, Fraccionamiento Benito Juárez, Código Postal 23090, La Paz, Baja California Sur;

IV.        Oficina de Representación de Campeche: Avenida 16 de septiembre número 20, planta baja, Palacio Federal, Colonia Centro, Código Postal 24000, Campeche, Campeche;

V.         Oficina de Representación de Coahuila: calle Baja California número 427, planta baja, Colonia República Poniente, Código Postal 25000, Saltillo, Coahuila de Zaragoza;

VI.        Oficina de Representación de Colima: Manuel Acuña número 493, Colonia Lomas de Circunvalación, Código Postal 28010, Colima, Colima;

VII.       Oficina de Representación de Chiapas: Boulevard Belisario Domínguez número 2077, interior 201, piso 2, Colonia Penipak, Código Postal 29060, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas;

VIII.      Oficina de Representación de Chihuahua 1: Circuito Universitario S/N, Campus II, Edificio 2, Tecno Parque UACH, Código Postal 31125, Chihuahua, Chihuahua;

IX.        Oficina de Representación de Chihuahua 2: Avenida Hermanos Escobar número 3050, Colonia La Playa, Código Postal 32317, Ciudad Juárez, Chihuahua;

X.         Oficina de Representación de Durango: calle Aquiles Serdán número 109 Poniente, Colonia Victoria de Durango Centro, Código Postal 34000, Durango, Durango;

XI.        Oficina de Representación de Guanajuato: calle Niza número 215, Colonia Andrade, Código Postal 37020, León, Guanajuato;

XII.       Oficina de Representación de Guerrero: Avenida Costera Miguel Alemán número 125, piso 4, locales 82, 83 y 84, Fraccionamiento Magallanes, Código Postal 39670, Acapulco, Guerrero;

XIII.      Oficina de Representación de Hidalgo: calle Mariano Jiménez número 116, piso 2, Colonia Centro, Código Postal 42000, Pachuca de Soto, Hidalgo; g

XIV.      Oficina de Representación de Jalisco: Avenida 16 de septiembre número 564, Colonia Centro, Código Postal 44100, Guadalajara, Jalisco;

XV.       Oficina de Representación de México: Avenida Venustiano Carranza número 508 Oriente, piso 1, Colonia Universidad, Código Postal 50130, Toluca de Lerdo, Estado de México;

XVI.      Oficina de Representación de Michoacán: Avenida Camelinas número 3311, piso 2, Fraccionamiento Las Américas, Código Postal 58270, Morelia, Michoacán de Ocampo;

XVII.     Oficina de Representación de Morelos: Mar de Cortés S/N, Colonia Teopanzolco, Código Postal 62350, Cuernavaca, Morelos;

XVIII.     Oficina de Representación de Nayarit: calle Esteban Baca Calderón número 11, piso 1, Fraccionamiento Jardines de la Cruz, Código Postal 63168, Tepic, Nayarit;

XIX.      Oficina de Representación de Nuevo León: Avenida Fundidora número 501, local 87, planta baja, Colonia Obrera, Código Postal 64010, Monterrey, Nuevo León;

XX.       Oficina de Representación de Oaxaca: calle Heroica Escuela Naval Militar número 1204, Colonia Reforma, Código Postal 68050, Oaxaca, Oaxaca;

XXI.      Oficina de Representación de Puebla: Calzada Zavaleta número 50, piso 1, Colonia Santa Cruz Buenavista, Código Postal 72150, Puebla, Puebla;

XXII.     Oficina de Representación de Querétaro: Carretera Los Cués Kilómetro 4.5, edificio A del Centro Nacional de Metrología, Código Postal 76246, Municipio El Marqués, Querétaro;

XXIII.     Oficina de Representación de Quintana Roo: Avenida Francisco I. Madero MZ 14, Lote 6, Locales 21 al 26 Altos Oficinas, Colonia Supermanzana 91, Código Postal 77516, Municipio Benito Juárez, Quintana Roo;

XXIV.    Oficina de Representación de San Luis Potosí: Avenida Himno Nacional número 670, piso 4, Colonia Las Águilas, Código Postal 78260, San Luis Potosí, San Luis Potosí;

XXV.     Oficina de Representación de Sinaloa: Corporativo 120 Boulevard Alfonso Zaragoza Maytorena número 1980, piso 4, Colonia Desarrollo Urbano Tres Ríos, Código Postal 80020, Culiacán, Sinaloa;

XXVI.    Oficina de Representación de Sonora: Boulevard Solidaridad número 310-A, edificio Ocotillo, Colonia Metrocentro, Código Postal 83250, Hermosillo, Sonora;

XXVII.   Oficina de Representación de Tabasco: Privada del Caminero número 17, Colonia Primero de Mayo, Código Postal 86190, Villahermosa, Tabasco;

XXVIII.   Oficina de Representación de Tamaulipas 1: Boulevard Morelos número 990, piso 2, Colonia San Ricardo, Código Postal 88690, Reynosa, Tamaulipas;

XXIX.    Oficina de Representación de Tamaulipas 2: Avenida Reforma número 3344, piso 1, Colonia Jardín, Código Postal 88260, Nuevo Laredo, Tamaulipas;

XXX.     Oficina de Representación de Tlaxcala: Porfirio Díaz número 20, Colonia Centro, Código Postal 90000, Tlaxcala, Tlaxcala;

XXXI.    Oficina de Representación de Veracruz: Boulevard A. Ruiz Cortines número 3495, piso 6, oficina 601, Torre Financiera de la Plaza de las Américas, Colonia Jardines de Mocambo, Código Postal 94299, Boca del Rio, Veracruz de Ignacio de la Llave;

XXXII.   Oficina de Representación de Yucatán: calle 33, número 501-A, piso 3, Colonia Gonzalo Guerrero, Código Postal 97118, Mérida, Yucatán, y

XXXIII.   Oficina de Representación de Zacatecas: calle Arquitectos número 103, Colonia Dependencias Federales, Código Postal 98618, Guadalupe, Zacatecas.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 4, párrafo primero, fracciones V, XIII, XV, XVI, XXXI y XXXIII, del Acuerdo por el que se determina la organización, funcionamiento y circunscripción de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2023, para quedar como sigue:

Artículo 4. 

I. IV. 

V.         Oficina de Representación de Coahuila, con sede en Saltillo, Coahuila de Zaragoza;

VI. XII. 

XIII.      Oficina de Representación de Hidalgo, con sede en Pachuca de Soto, Hidalgo;

XIV. 

XV.       Oficina de Representación de México, con sede en Toluca de Lerdo, Estado de México;

XVI.      Oficina de Representación de Michoacán, con sede en Morelia, Michoacán de Ocampo;

XVII. XXX. 

XXXI.    Oficina de Representación de Veracruz, con sede en Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave;

XXXII. 

XXXIII.   Oficina de Representación de Zacatecas, con sede en Guadalupe o Zacatecas, Zacatecas.

Artículo Tercero. Se reforman los artículos 1, párrafo primero; 3, 8; 9, párrafo primero, incisos a) y b); 14, párrafo primero, inciso a), y 18, párrafo primero, inciso c), del Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021, para quedar como sigue:

Artículo 1.- Sin perjuicio de la presentación de solicitudes, escritos y promociones en la ventanilla física de la oficialía de partes de la Secretaría de Economía (en adelante “Secretaría”), en un horario de 09:00 a 18:00 horas y en las ventanillas habilitadas por las unidades administrativas de la Secretaría, y con el objeto de facilitar la resolución de los trámites y procedimientos (incluyendo consultas, promociones, presentación de información, o cualquier comunicación enviada por vía electrónica) que se indican en el presente Acuerdo, estos se podrán sustanciar a través de los medios de comunicación electrónica ya existentes o los que se establezcan en el presente Acuerdo, previa aceptación expresa que los particulares hagan a través del mismo medio electrónico.

Artículo 3.- En todos los trámites o procedimientos para los que se habiliten correos electrónicos para su sustanciación en términos del presente Acuerdo u otras disposiciones, se deberá remitir en la solicitud inicial un escrito libre firmado por el particular o representante legal debidamente acreditado, según aplique, mediante el cual se proporcione un número telefónico de contacto y se designe al menos un enlace, especificando el correo electrónico respectivo, así como, en su caso, los nombres completos y direcciones de correo electrónico de las personas de las que válidamente se recibirá la información o consultas relacionadas con su trámite o procedimiento; asimismo, se deberá manifestar expresamente la conformidad del promovente para recibir información y notificaciones relacionadas con su solicitud a través de las direcciones de correo electrónico designadas. En caso contrario, se le prevendrá al solicitante por única ocasión para que los manifieste, de no hacerlo así, el trámite o procedimiento se tendrá por no presentado, debiendo hacerse físicamente conforme al trámite correspondiente en los casos que así esté normado. Será responsabilidad de los promoventes mantener actualizados a sus enlaces, así como las direcciones de correo electrónico designadas, por lo que las notificaciones se entenderán válidamente realizadas cuando se realicen en estas.

Artículo 8.- Los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, los procedimientos especiales que deriven de éstos y los recursos de revocación que se tramiten ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) se sujetarán a lo siguiente:

a)    Las promociones podrán presentarse por medios electrónicos, a través de la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de acuerdo con lo siguiente:

I.    Remitir solicitud que contenga la firma del promovente, digitalizada y legible en su totalidad, en formato PDF;

II.   Acreditar la personalidad con la que promueven;

III.   Incluir un índice, listando los documentos anexados en cada promoción;

IV.  Observar las reglas de confidencialidad previstas en la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento, y

V.   Señalar, por lo menos, un correo electrónico para recibir notificaciones, de acuerdo con el artículo 35, párrafo segundo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, manifestando su aceptación expresa de estar de acuerdo de recibir a través de dicho medio de contacto las notificaciones que se realicen, incluidas las personales, así como un número de teléfono de contacto.

b)    En caso de que se requiera exhibir muestras físicas, documentos originales o cualquier otra información que, por su naturaleza, carácter de la información o circunstancias particulares, no sea posible presentar por correo electrónico o deba presentarse de manera física, la UPCI comunicará a las partes involucradas los lineamientos para su presentación. Los documentos o la información se considerarán presentados el día de su recepción física;

c)    De conformidad con la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento, todas las notificaciones electrónicas que realice la UPCI a los correos electrónicos señalados para tal efecto, deberán ser acusadas de recibido. De no recibirse el acuse de recibido, las notificaciones se tendrán por efectuadas al cuarto día de su envío;

d)    Las reuniones y audiencias públicas podrán llevarse a cabo vía remota, mediante el uso de medios de comunicación electrónicos a distancia y de acuerdo con los lineamientos que establezca la UPCI para tal efecto. La UPCI dará a conocer, a través de su sección en la página de Internet de la Secretaría, los medios electrónicos a través de los cuales podrán llevarse a cabo y, en su caso, presenciarse;

e)    Las consultas técnicas, solicitudes de copias certificadas y de acceso al expediente administrativo, así como cualquier duda o aclaración respecto de los trámites ante la UPCI, se podrán solicitar vía electrónica, a través de la dirección de correo electrónico UPCIConsultas@economia.gob.mx. Los solicitantes deberán señalar, por lo menos, un correo electrónico para recibir las comunicaciones de la UPCI, así como un número telefónico de contacto, a través de los cuales se remitirán los lineamientos o se indicarán los datos para que se dé atención a la solicitud;

f)     La presentación de la información respecto de los requerimientos formulados por parte de la UPCI, en términos del artículo 55 de la Ley de Comercio Exterior, incluida aquélla que deban presentar los agentes aduanales, se podrá realizar vía electrónica, a través de la dirección de correo electrónico UPCINopartes@economia.gob.mx, y

g)    Las promociones, trámites, consultas y actuaciones que se realicen por medio de las cuentas de correo electrónico upci@economia.gob.mx, UPCIConsultas@economia.gob.mx y UPCINopartes@economia.gob.mx se sujetarán a los plazos, requisitos y formalidades establecidas en la normativa aplicable.

Artículo 9.- Para efectos de los trámites y procedimientos en materia de comercio exterior, competencia de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) se estará a lo siguiente:

a)    El desahogo de todas las diligencias, tanto para la DGFCCE como para las partes, se podrá realizar por medios electrónicos conforme lo dé a conocer la DGFCCE por medio de resoluciones, a través del portal electrónico sobre facilitación comercial, el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) https://www.snice.gob.mx. Cuando no exista un correo expresamente designado para el trámite de que se trate las solicitudes, consultas y promociones podrán presentarse vía electrónica, en el correo electrónico: dgfcce.gestion@economia.gob.mx, salvo disposición específica en contrario;

b)    Cuando no se cuente con el enlace acreditado a que se refiere el artículo 3 del presente Acuerdo, las notificaciones que deban realizarse personalmente se podrán remitir a la dirección de correo electrónico de la persona física o moral sujeta al procedimiento, sus representantes o sus autorizados, siempre y cuando se tenga certeza de que el correo electrónico correspondiente les pertenece y se haya aceptado expresamente en términos del artículo 35, fracción II, de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo. Para esos efectos, se podrán considerar como ciertos los siguientes:

       I. II. 

       

       

       c) d) 

Artículo 14.- 

a)          Las solicitudes y promociones podrán presentarse vía electrónica, en el correo electrónico:tramites.dgnm@economia.gob.mx, o bien, en la oficialía de partes de la Secretaría.

b) y c)    

Artículo 18.- 

a) y b)

c)          Cualquier duda relacionada con la aplicación de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y su Reglamento, será resuelta a través del correo electrónico camaras.empresariales@economia.gob.mx o, en su caso, de manera escrita ante la oficialía de partes de la Unidad de Apoyo Jurídico.”

TRANSITORIOS

Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 8, fracciones XII y XXXII del Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma, de la fecha de entrada en vigor del presente instrumento y hasta el 31 de diciembre de 2023, las oficinas de representación a que se refieren dichas fracciones tendrán su domicilio en:

I.     Oficina de Representación de Guerrero: Avenida Costera Miguel Alemán número 2322, piso 2, Fraccionamiento Club Deportivo, Código Postal 39690, Acapulco, Guerrero, y

II.     Oficina de Representación de Yucatán: Avenida Pérez Ponce número 114, Colonia Itzimna, Código Postal 97100, Mérida, Yucatán.

Tercero. Se abrogan los siguientes instrumentos:

I.     Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre de 2018;

II.     Aviso por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2019, y

III.    Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Dirección General de Minas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 2019, y su modificación posterior.

Cuarto. Todas las referencias que se realicen en otras disposiciones jurídicas al domicilio oficial de la Secretaría de Economía, de las unidades administrativas adscritas a la misma, y de los órganos colegiados señalados en los artículos 5 y 6 del ordenamiento a que se refiere el artículo Primero de este Acuerdo se entenderán efectuadas a los señalados en dicho ordenamiento.

Quinto. Tratándose de los procedimientos en trámite a la fecha de la entrada en vigor del presente acuerdo, en los que esté transcurriendo algún plazo legal y que en la notificación correspondiente se hubiera señalado un domicilio distinto al que corresponda conforme a lo señalado en el ordenamiento a que se refiere el artículo Primero del presente Acuerdo, los interesados deben presentar sus promociones y documentos respectivos en el domicilio que corresponda conforme a lo previsto en dicho ordenamiento.

Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2023.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.