DOF 22 junio 2026 (Edición Vespertina)
DECRETO Promulgatorio del Protocolo de Adhesión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, hecho en Auckland y Bandar Seri Begawan, el dieciséis de julio de dos mil veintitrés
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 22 de junio de 2026
Fuente: Decreto Promulgatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2026.
¿A quién puede impactar esta publicación?
Esta medida es relevante para:
- Empresas importadoras y exportadoras con operaciones actuales o potenciales con Reino Unido.
- Empresas IMMEX y manufactureras que integran insumos provenientes del Reino Unido.
- Sectores automotriz, aeroespacial, farmacéutico, químico, agroalimentario y de manufactura avanzada.
- Consultores, agentes aduanales y especialistas en cumplimiento de tratados comerciales.
- Empresas que buscan diversificar mercados de exportación aprovechando preferencias arancelarias.
¿Qué se publicó?
El Gobierno de México publicó el Decreto Promulgatorio del Protocolo de Adhesión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT o CPTPP), firmado el 16 de julio de 2023 en Auckland y Bandar Seri Begawan.
Con esta publicación se formaliza la incorporación del Reino Unido como miembro del TIPAT para México, una vez concluidos los procedimientos de aprobación y notificación previstos en el Protocolo de Adhesión.
Fundamento legal
Decreto Promulgatorio
- Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2026.
- Derivado del Protocolo de Adhesión del Reino Unido al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT/CPTPP).
Aprobación legislativa
- Aprobado por la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2025.
- Decreto de aprobación publicado en el DOF el 20 de enero de 2026.
Entrada en vigor
Transitorio Único: El Decreto entró en vigor el 22 de junio de 2026.
Temas afectados
1. Acceso preferencial entre México y Reino Unido bajo el TIPAT
La adhesión del Reino Unido amplía la cobertura geográfica del TIPAT y permite que las operaciones comerciales entre México y Reino Unido puedan beneficiarse de las disposiciones negociadas dentro de este acuerdo comercial.
Esto puede traducirse en:
- Reducción o eliminación de aranceles para determinados productos.
- Mayor certidumbre jurídica para inversionistas.
- Facilidades para el comercio de bienes y servicios.
- Reglas comunes entre los miembros del TIPAT.
2. Reglas de origen y cadenas globales de suministro
Uno de los aspectos más relevantes para las empresas manufactureras es la posibilidad de aprovechar la acumulación de origen prevista en el TIPAT.
En términos prácticos, esto puede permitir que materiales o procesos realizados en Reino Unido sean considerados dentro de las reglas de origen del tratado para acceder a beneficios arancelarios en operaciones con otros países miembros, sujeto al cumplimiento de los requisitos específicos aplicables a cada mercancía.
Las empresas deberán revisar:
- Reglas de origen específicas por producto.
- Certificaciones y declaraciones de origen.
- Estructuras de proveeduría internacional.
- Impacto en programas IMMEX y esquemas de exportación.
3. Nuevas oportunidades de exportación
La incorporación del Reino Unido representa acceso preferencial a una de las economías más importantes del mundo.
Entre los sectores mexicanos con potencial de crecimiento destacan:
- Agroindustria.
- Alimentos y bebidas.
- Automotriz y autopartes.
- Dispositivos médicos.
- Manufacturas especializadas.
- Productos químicos y farmacéuticos.
Las empresas que actualmente exportan bajo otros mecanismos comerciales deberán evaluar si el TIPAT ofrece condiciones más favorables.
4. Revisión de estrategias de cumplimiento aduanero
La entrada en vigor del Protocolo hace recomendable que las empresas revisen:
- Clasificación arancelaria de mercancías.
- Reglas de origen aplicables.
- Certificados o declaraciones de origen.
- Contratos de suministro internacional.
- Estrategias de aprovechamiento de tratados comerciales.
Una adecuada planeación puede generar ahorros significativos en costos de importación y exportación.
Aspectos clave para las empresas
- Reino Unido se incorpora formalmente al TIPAT para México.
- El Decreto entró en vigor el 22 de junio de 2026.
- Se amplían las oportunidades comerciales entre México y Reino Unido.
- Podrían existir nuevos beneficios arancelarios para operaciones elegibles.
- Las empresas deberán analizar las reglas de origen y requisitos documentales para aprovechar los beneficios del tratado.
- Se recomienda evaluar el impacto en cadenas de suministro y estrategias de comercio exterior.
Conclusión
La adhesión del Reino Unido al TIPAT constituye uno de los movimientos más relevantes en materia de integración comercial internacional de los últimos años. Para las empresas mexicanas, representa una oportunidad para fortalecer cadenas de suministro, diversificar mercados y optimizar costos mediante el aprovechamiento de preferencias arancelarias.
Sin embargo, los beneficios no serán automáticos. Será indispensable revisar las reglas de origen, los requisitos documentales y las implicaciones operativas para cada sector y producto.
Publicación oficial:
DOF 22 junio 2026 (Edición Vespertina)
DECRETO Promulgatorio del Protocolo de Adhesión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, hecho en Auckland y Bandar Seri Begawan, el dieciséis de julio de dos mil veintitrés.
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