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Empresas con Programa IMMEX suspendido por incumplimiento del Reporte Anual 2025

Consorcio Jurídico Aduanero

DOF 30 junio 2026

Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación suspendidos por falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 30 de junio de 2026 (a partir de su publicación en el DOF).

¿A quién afecta?

Este aviso es de interés para:

  • Empresas titulares de un Programa IMMEX.
  • Empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación.
  • Responsables de comercio exterior, aduanas, cumplimiento y fiscal.
  • Agentes aduanales y consultores que administran operaciones IMMEX.

Si tu empresa cuenta con un Programa IMMEX, es recomendable verificar que no aparezca en el listado publicado por la Secretaría de Economía, ya que la suspensión impide continuar utilizando uno de los principales beneficios del programa.

Fundamento legal

El aviso deriva principalmente de las siguientes disposiciones del Decreto IMMEX:

  • Artículo 25. Obligación de presentar el Reporte Anual correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, a más tardar el último día hábil de mayo.
  • Artículo 29. Verificación anual del cumplimiento de los requisitos del Programa IMMEX.
  • Artículo 30. Procedimiento relacionado con la suspensión y regularización del programa.

Asimismo, el aviso hace referencia al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 11, fracción III, del Decreto IMMEX.

¿Qué publica la Secretaría de Economía?

La Secretaría de Economía publicó el listado de los titulares y números de Programa IMMEX suspendidos por no haber presentado el Reporte Anual del ejercicio fiscal 2025 dentro del plazo establecido.

El documento incluye para cada empresa:

  • Número de Programa IMMEX.
  • Año de autorización.
  • RFC.
  • Denominación o razón social.

Aspectos relevantes

1. Suspensión del beneficio IMMEX

La consecuencia inmediata es la suspensión del beneficio para importar temporalmente las mercancías autorizadas al amparo del Programa IMMEX, mientras no se subsanen las omisiones correspondientes.

Esto puede generar impactos importantes en la continuidad operativa de las empresas exportadoras.

2. La obligación no se limita al Reporte Anual

El aviso recuerda que, durante la verificación anual, la Secretaría de Economía también revisa que las empresas mantengan vigentes diversos requisitos, entre ellos:

  • RFC activo.
  • e.firma vigente.
  • Domicilios fiscales y operativos activos en el RFC.
  • Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • No encontrarse en los supuestos previstos por los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación, salvo las excepciones legales.

Por ello, el cumplimiento IMMEX debe entenderse como una obligación permanente y no únicamente como la presentación del Reporte Anual.

3. Verificación inmediata

Las empresas IMMEX deben revisar si su razón social aparece dentro del listado publicado y, en caso afirmativo, iniciar de inmediato las acciones necesarias para regularizar su situación conforme al Decreto IMMEX.

Impacto operativo

La suspensión puede afectar:

  • Importaciones temporales.
  • Continuidad de operaciones IMMEX.
  • Planeación logística.
  • Cumplimiento de compromisos de exportación.
  • Riesgos de incumplimiento con clientes internacionales.

Por ello, resulta indispensable revisar oportunamente el cumplimiento de todas las obligaciones del programa.

Recomendación

Aunque este aviso únicamente publica el listado de empresas suspendidas y no modifica el Decreto IMMEX, constituye un recordatorio de la importancia de mantener un control permanente sobre las obligaciones del programa, especialmente la presentación del Reporte Anual y el cumplimiento de los requisitos fiscales y administrativos que verifica anualmente la Secretaría de Economía.


Publicación oficial:

DOF 30 junio 2026

AVISO por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación suspendidos por falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025.


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