DOF 01 abril 2026
AVISO mediante el cual se da a conocer el ajuste ordinario de marzo de 2026 al monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 1 de abril de 2026
¿A quién impacta?
Este ajuste es relevante para:
- Exportadores de azúcar (caña y remolacha)
- Ingenios azucareros
- Comercializadoras del sector
- Empresas con operaciones de exportación a Estados Unidos bajo cupo
Fundamento legal
- Acuerdo publicado en DOF el 5 de octubre de 2017
- Modificaciones: 27 de diciembre de 2020 y 22 de noviembre de 2022
- Punto 13 del Acuerdo (fórmula de cálculo del cupo)
- Punto 15 (asignaciones)
- Punto 18, fracción III (periodo de exportación)
Resumen del Aviso
La Secretaría de Economía publica el ajuste ordinario de marzo 2026 al cupo máximo de exportación de azúcar a Estados Unidos para el ciclo azucarero 2025-2026.
Este ajuste se basa en:
- El reporte WASDE de marzo 2026 (USDA)
- El balance azucarero nacional estimado por CONADESUCA
Monto del cupo: resultado clave
- Cupo total vigente: 199,251.799 TMVC
- Nuevo cálculo marzo 2026 (CTt+3): 4,717.361 TMVC
Sin embargo:
Conforme al Punto 13, al ser menor el nuevo cálculo, prevalece el monto anterior.
Conclusión:
No hay incremento al cupo total; se mantiene el monto previamente determinado.
Asignación adicional
- Cupo asignado previamente (julio 2025): 119,551.080 TMVC
- Diferencial asignado en marzo 2026: 79,700.720 TMVC
Periodo de exportación
La asignación derivada de este ajuste podrá ejercerse del:
- 1 de abril al 30 de septiembre de 2026
Explicación práctica del ajuste
1. ¿Cómo se calcula el cupo?
Se utiliza la fórmula del Punto 13:
CTt+3 = mín [(Xt+3 * Z), Yt+3]
Donde:
- Xt+3: necesidades de EUA (WASDE)
- Yt+3: excedente nacional (CONADESUCA)
- Z: factor mensual (marzo = 1)
2. Resultado del mercado internacional
El WASDE refleja una baja necesidad de importación de EUA, lo que reduce el valor de Xt+3.
3. Resultado del mercado nacional
México mantiene un alto excedente de oferta, pero este no es determinante porque la fórmula toma el menor valor.
4. Impacto real
- No hay aumento en el cupo total
- Se libera únicamente el remanente del cupo ya autorizado
- Las empresas deberán planificar exportaciones dentro del volumen disponible
Implicaciones para las empresas
- No se amplía el acceso al mercado estadounidense
- Se mantiene presión sobre precios y logística de exportación
- Importante asegurar asignaciones y cumplimiento de permisos previos
Recomendación
Es fundamental:
- Revisar asignaciones disponibles
- Validar permisos previos
- Ajustar estrategias comerciales conforme al cupo vigente
Publicación oficial:
DOF 01 abril 2026
AVISO mediante el cual se da a conocer el ajuste ordinario de marzo de 2026 al monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
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