DOF 29 junio 2026
Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México.
En resumen:
Entrada en vigor de las nuevas bases tarifarias: A los 20 días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
¿A quién afecta esta publicación?
Esta actualización resulta relevante para:
- Empresas importadoras y exportadoras que utilizan puertos marítimos nacionales.
- Agentes aduanales y agencias de carga.
- Navieras, operadores logísticos y transportistas marítimos.
- Terminales portuarias y prestadores de servicios.
- Empresas que realizan operaciones en los puertos de Quintana Roo y Guaymas, Sonora.
Aunque el aviso no modifica directamente disposiciones aduaneras, sí puede impactar los costos logísticos derivados del uso de infraestructura portuaria.
¿Qué publicó la Secretaría de Marina?
La Secretaría de Marina (SEMAR), a través de la Dirección General de Puertos, publicó el Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria aplicables en diversos puertos de México.
El documento informa que fueron autorizadas actualizaciones a las bases de regulación tarifaria que regulan el cobro por el uso de infraestructura portuaria en determinados puertos donde no existen condiciones suficientes de competencia.
Estas bases son emitidas conforme a:
- Ley de Puertos (artículos 40 fracción X, 59, 60 y 61).
- Reglamento de la Ley de Puertos (artículo 137).
- Regulación Tarifaria publicada en el DOF el 22 de diciembre de 1999.
Puertos afectados
Las nuevas bases tarifarias corresponden a:
Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, S.A. de C.V.
Aplicables en:
- Cozumel
- Marina Banco Playa
- Puerto Juárez
- Isla Mujeres
- Puerto Morelos
- Punta Sam
- Chetumal
Asimismo, se publican actualizaciones específicas para:
- Puerto Juárez
- Cozumel
Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, S.A. de C.V.
Aplicable al puerto de:
- Guaymas, Sonora.
Temas afectados
| Tema | Fundamento |
|---|---|
| Actualización de bases de regulación tarifaria | Ley de Puertos, artículos 59, 60 y 61 |
| Cobro por uso de infraestructura portuaria | Artículo 40 fracción X de la Ley de Puertos |
| Entrada en vigor de las bases | Artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos |
| Publicación de las nuevas tarifas | Aviso publicado en el DOF el 29 de junio de 2026 |
Aspectos relevantes para su aplicación práctica
La publicación no establece nuevos montos tarifarios dentro del propio Aviso, sino que informa que las bases actualizadas pueden consultarse mediante los documentos electrónicos correspondientes para cada administración portuaria.
Desde un punto de vista operativo, las empresas deberán:
- Revisar las nuevas bases aplicables al puerto donde realizan sus operaciones.
- Verificar posibles incrementos o modificaciones en las cuotas por uso de infraestructura.
- Evaluar el impacto de estos costos en presupuestos logísticos, contratos y cotizaciones.
- Considerar que las nuevas tarifas comenzarán a aplicarse 20 días hábiles después de la publicación, lo que permite planear ajustes operativos y financieros.
Aunque el Aviso es de carácter administrativo, puede representar un incremento en los costos asociados a las operaciones marítimas y, por tanto, afectar la estructura de costos de importación y exportación.
Conclusión
La Secretaría de Marina actualizó las bases de regulación tarifaria para diversos puertos nacionales, principalmente en Quintana Roo y Guaymas, Sonora. Las empresas que utilizan estas instalaciones deberán revisar las nuevas bases para identificar el impacto económico que podrían tener en sus operaciones una vez que entren en vigor.
Publicación oficial:
DOF 29 junio 2026
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México.
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