¿Qué mercancías no necesitan Agente Aduanal?

El agente aduanal o apoderado no es requerido en absolutamente todos los casos en los que entra mercancía al país. Hay algunos casos en los que no se necesita, a continuación hablaremos un poco de ellos.

Casos para Necesitar Agente Aduanal

En primer lugar, los pasajeros pueden introducir algunos artículos al país como su equipaje personal.

El equipaje comprende una variedad muy grande de mercancías, incluyendo bienes de uso personal, cámaras fotográficas, equipos deportivos, reproductores portátiles, juguetes, maletas, instrumentos musicales, etcétera, pero debe ser relativamente proporcional a la duración de la estancia en el extranjero, o, en el caso de pasajeros de fuera, en el país.

Por otro lado, toda persona que entre al país tiene derecho a una franquicia. Le llamamos franquicia a un permiso concedido por el gobierno a una persona, ya sea mexicana o extranjera, que le permite introducir cierta cantidad de mercancías al país sin necesidad de pagar impuestos. Si se ingresa al territorio nacional por vía marítima o aérea se puede ingresar mercancía al país que tenga un valor de hasta 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera.

Sin embargo, esto no aplica a cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados. Por otro lado, si se ingresa al país por vía terrestre, esta franquicia se reduce a la cantidad de 75 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera.

De igual manera, esto no se aplica a ciertos artículos, como cervezas, bebidas alcohólicas, tabacos labrados y gasolina (excepto la que contenga el vehículo en el tanque). Independientemente de la manera de entrada al país, se requiere comprobar al gobierno el valor comercial de las mercancías, por lo que se debe contar con la factura o el comprobante de venta.

Finalmente, existe el despacho simplificado, una forma de importar mercancías sin necesidad de contar con un agente o apoderado aduanal, siempre que se cuente con la factura o comprobante de venta.

El despacho simplificado permite el desaduanamiento evitando ciertas formalidades propias del despacho aduanero.

En este caso simplemente se debe presentar la documentación necesaria, llenar la forma de declaración simplificada y pagar los derechos correspondientes. De acuerdo con la ley, el valor de los artículos debe ser menor a 3 mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera. En el caso de que se trate de equipos de cómputo, el valor de la mercancía no debe exceder los 4 mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera.

Fuente: Comercio y Aduanas

 

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