CLAA extiende “pliego petitorio” en defensa de agentes aduanales

A pesar de haberse publicado desde el pasado 20 de junio el Reglamento de la Ley Aduanera, misma que sufrió una reforma a finales de 2013, aún existen algunos aspectos que deben aclararse o detallarse, porque de continuar así podría haber afectaciones al trabajo de los agentes aduanales.

Para resolver lo anterior, la Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA) extendió una serie de “recomendaciones” a la Administración Central de Operación Aduanera, al mando de Alberto Suárez Hasbach.

El documento, entregado públicamente en un foro organizado por la CLAA, “refiere dos temas principales: despacho directo y agentes aduanales”,comenta en entrevista con T21, Nashielly Escobedo, Directora General de la confederación.

De inicio, la directiva menciona que la autoridad dispuso en los recientes cambios a la ley que abrirá convocatorias para poder obtener una patente de agente aduanal, pero aún no ha precisado cómo ni cuándo se realizará este proceso.

Además, en otro cambio al marco regulatorio la Administración General de Aduanas, perteneciente al Servicio de Administración de Tributaria (SAT), realizará una evaluación anual a los agentes aduanales para que a través del reconocimiento de sus conocimientos conserven su patente y continúen operando.

Estamos proponiendo dos cosas; uno, que exista la opción de exceptuar o exentar la evaluación si el agente aduanal comprueba estar en un sistema de educación continua sin tener que estar viniendo a hacer un examen”, indica Escobedo.

“Y, segundo, una propuesta que es un poco más vanguardista, es decir, hoy el agente aduanal no necesariamente está haciendo los pedimentos, es un empresario que está vendiendo sus servicios (logísticos y de despacho) entonces quien está en la oficina atendiendo el despacho es su mandatario o sus gerentes”, comenta.

La propuesta es, en ese sentido, acreditar al agente aduanal a través del conocimiento que también demuestre tener el mandatario, que en algunas ocasiones es quien está al frente de la agencia aduanal. Hoy en día, el mandatario también es examinado ante la autoridad.

Por otro lado, en el tema de la figura entrante del representante legal, Escobedo menciona que espera que se homologuen los criterios para que la autoridad permita operar a estas personas en materia aduanera e, incluso, en los exámenes o evaluaciones de conocimientos, como lo pretende realizar con los agentes aduanales.

CANCELACIÓN DE PATENTE

La directora de la CLAA detalla que otra preocupación que tienen es que la ley ahora impone que el agente acredite sus obligaciones fiscales a través de una “opinión de cumplimiento”, misma que cualquier contribuyente puede obtener del SAT.

Lo relevante de esto es que en el documento que obtenga el agente aduanal, no sólo se expondrán sus actividades como las de cualquier contribuyente, sino que también lo harán otros asuntos relacionados con sus trabajos en el despacho aduanero y las contribuciones que realiza para el comercio exterior, en ello podría verse reflejado un crédito fiscal por multas o incidencias, información que puede, incluso, estar desactualizada en el sistema del SAT.

En el caso de los agentes aduanales el problema es que si la autoridad detecta una opinión que no es positiva porque tiene créditos pendientes, procede la inhabilitación inmediata sin que medie el requerimiento para aclarar si está al corriente o no.

Lo que proponemos es que no me limites a ese formato, permíteme acreditarte con otros medios de prueba que estoy al corriente con mis obligaciones fiscales”, comenta.

VALOR DE IMPORTACIÓN

Muchos importadores han externado su preocupación porque el artículo 81 de la ley ahora exige que éstos entreguen una serie de documentos al agente aduanal, para que éste realiza la manifestación de valor en aduanas y, a partir de la información ahí concentrada, se determinen las contribuciones a pagar.

El problema es que entre estos documentos se encuentra el contrato de compra venta entre un importador y la empresa en el exterior, un tema sensible para muchos negocios ya que no están de acuerdo en que esta información pase por las manos del agente aduanal.

“Algo que se ha propuesto es que esa manifestación de valor sea electrónica y que la genere el propio importador y que no haya necesidad de transmitir todos esos documentos al agente aduanal”, dice Escobedo, quien recuerda que esta regla está prorrogada ya que la autoridad se encuentra analizando una salida correcta a esta problemática presentada.

Por otro lado, Nashielly Escobedo apunta que existe otro problema. Cuando un importador da al agente aduanal dicha información para manifestar el valor de lo introducido, pero ésta cae en un rechazo de valor por parte de la autoridad, ya que esta última cree que hay una omisión de contribuciones porque se manifestó un valor inferior, entonces el agente aduanal cae en una situación de la que él no tiene responsabilidad.

Hay casos en que la autoridad genera un rechazo de valor porque el importador debe al fisco o tiene otros temas pendientes con él; esta situación puede ser similar a la anterior. “Por eso nosotros (CLAA) estamos solicitando que cuando sean esos rechazos de valor que tengan que ver con el cumplimiento de obligaciones del importador, al agente aduanal se le excluya porque no tiene ningún vínculo con ese tipo de obligaciones”.

Fuente: T21

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