Comentarios para Anteproyecto de modificaciones a Reglas de la Secretaría de Economía

0.B8
G-0186/2017
México D.F., a 10 de Julio de 2017

 

Comentarios para Anteproyecto de modificaciones a Reglas de la Secretaría de Economía
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Hacemos referencia a nuestra circular T-0086/2017 a través de la cual les informamos del Anteproyecto del “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, que se encuentra en el Portal de COFEMER y en el cual destaca la modificación al Numeral 10 del Anexo 2.4.1, en donde se contemplan los supuestos de excepción para el cumplimiento de NOMs.

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Cabe destacar que en virtud de este Anteproyecto se prevé que 37 NOMs no puedan exceptuarse al momento de su introducción a territorio nacional con fundamento en los supuestos de la fracción VII (Mercancías importadas por personas físicas para uso directo del importador) y VIII (Mercancías que no van a expenderse al público tal y como son importadas) toda vez que la autoridad ha observado un abuso por parte de los importadores en el uso del esquema de excepción.

Al respecto, tenemos conocimiento de que este Anteproyecto ha generado inquietud entre algunos agremiados por las repercusiones que pudiera tener en el despacho aduanero de llegarse a publicar en el D.O.F. esta versión. Por lo tanto, consideramos de suma importancia que a la brevedad los importadores presenten a través del Portal de COFEMER las consideraciones que estimen pertinentes y expongan los argumentos que le permitan a la Dirección General de Normas valorar la conveniencia de esta modificación, toda vez que son ellos los que conocen los procesos y usos a los que se sujetan las mercancías que han venido importando con la excepción de NOM hasta el día de hoy.

Para ello, el interesado deberá registrarse en el Portal con usuario y contraseña e ingresar al siguiente link, donde podrán encontrar el expediente del Anteproyecto y en específico, la versión del 22 de junio es la que contempla la modificación en comento: http://www.cofemersimir.gob.mx/expedientes/20015

Como Confederación acompañaremos los comentarios y esfuerzos de los importadores para darle el seguimiento correspondiente con la Secretaría de Economía, a efecto de buscar un esquema satisfactorio tanto para los importadores como para la autoridad.

Cualquier duda o comentario en relación al tema favor de canalizarlo a la Dirección Operativa a los correos lramirez@caaarem.mx y berenice.farfan@caaarem.mx

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA