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Exportación de aguacate: entra en vigor el Certificado Laboral para la Agroexportación mediante VELAGRO

Consorcio Jurídico Aduanero

DOF 01 octubre 2026

ACUERDO que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través del Certificado Laboral para la Agroexportación.

En resumen:

Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la STPS a través del Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA).

Con esta publicación se identifica expresamente, mediante su fracción arancelaria, la mercancía cuya exportación deberá acreditar el cumplimiento de esta nueva regulación no arancelaria.

¿A quién afecta?

La publicación es relevante principalmente para:

  • Exportadores de aguacate.
  • Personas físicas o morales que intervienen en la cadena de valor de estos productos destinados a exportación.
  • Agentes y agencias aduanales que intervengan en su despacho.
  • Productores, empacadores, comercializadores y demás participantes que deban acreditar obligaciones laborales y de seguridad social dentro del esquema VELAGRO.

¿Qué mercancía queda sujeta al Certificado Laboral para la Agroexportación?

El Anexo Único del Acuerdo incorpora:

Fracción arancelaria: 0804.40.01
NICO: 00
Descripción: Aguacates (paltas).

Por lo tanto, a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, la exportación de mercancías clasificadas en esta fracción se encuentra sujeta a regulación por parte de la STPS mediante el CLA.

¿Qué es el Certificado Laboral para la Agroexportación?

El Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA) es un documento nominativo e intransferible emitido por la STPS a través de la plataforma VELAGRO.

Su finalidad es acreditar el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social de las personas físicas o morales que intervienen en la cadena de valor de productos agrícolas destinados a exportación.

El Acuerdo establece expresamente que el CLA constituye una regulación no arancelaria.

¿Cómo deberá acreditarse en el despacho aduanero?

El CLA deberá:

  1. Tramitarse a través de la plataforma VELAGRO.
  2. Declararse en el pedimento al momento de realizar el despacho aduanero.
  3. Transmitirse como documento digital o electrónico anexo al pedimento correspondiente.

Esto convierte al certificado en un elemento que debe considerarse dentro de la preparación documental de la operación de exportación y no únicamente como una obligación laboral independiente del despacho.

Antecedentes de VELAGRO

El esquema deriva de diversas modificaciones y disposiciones publicadas durante 2025 y 2026.

El 1 de mayo de 2026 se reformó la legislación para incorporar la certificación laboral para la agroexportación y se adicionó el artículo 283 Quáter de la Ley Federal del Trabajo, que faculta a la STPS para expedir un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.

Posteriormente, el 15 de junio de 2026 se publicaron las disposiciones generales relativas al Certificado Laboral para la Agroexportación.

Finalmente, el 15 de septiembre de 2026 se publicaron los Lineamientos Generales de Operación de la Plataforma VELAGRO, mediante la cual se gestiona y emite el certificado.

Certificados tramitados desde el 15 de septiembre

El Acuerdo contempla una disposición importante para quienes comenzaron a realizar el trámite antes de esta publicación.

Los Certificados Laborales para la Agroexportación solicitados y emitidos mediante VELAGRO a partir del 15 de septiembre de 2026 serán válidos una vez que el Acuerdo entre en vigor.

Debido a que su entrada en vigor ocurre el mismo día de su publicación, esta validez opera a partir del 1 de octubre de 2026.

El certificado no sustituye otras regulaciones

La obtención del CLA no exime al exportador del cumplimiento de otras obligaciones o regulaciones aplicables a la mercancía.

Esto significa que deberán seguir revisándose de manera independiente las demás regulaciones y restricciones no arancelarias, requisitos fitosanitarios, formalidades aduaneras y disposiciones que correspondan a cada operación.

¿Qué deben revisar los exportadores de aguacate?

A partir de esta publicación resulta recomendable revisar, antes del despacho:

  • La correcta clasificación de la mercancía en la fracción 0804.40.01 y NICO correspondiente.
  • La procedencia del CLA para la operación.
  • El trámite y emisión del certificado mediante VELAGRO.
  • Su correcta declaración en el pedimento.
  • La transmisión electrónica del documento como anexo al pedimento.
  • El cumplimiento independiente de las demás regulaciones aplicables a la exportación.

La incorporación del CLA al despacho aduanero conecta directamente el cumplimiento laboral y de seguridad social con la operación de comercio exterior, por lo que su revisión debe integrarse a los controles previos de exportación.


Publicación oficial:

DOF 01 octubre 2026

ACUERDO que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través del Certificado Laboral para la Agroexportación.


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