DOF 22 octubre 2025
Quinta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025
En resumen:
Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación, salvo disposiciones transitorias específicas
Tipo de contribuyentes u operaciones afectadas:
- Personas físicas y morales del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza
- Empresas públicas del Estado
- Contribuyentes del sector hidrocarburos y energético
- Proveedores autorizados de certificación de CFDI
- Contribuyentes con saldos a favor de ISR
- Importadores y productores de tabacos labrados
Fundamento legal: RMF 2025 y sus Anexos 1, 1-A, 14, 15, 26, 27, 29, 30, 31 y 32
Temas modificados o adicionados:
- Glosario (acronimos y definiciones): Se agregan términos relacionados con los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar (PODECOBI y PODECIBI), DEPEBI y LSH
- Reglas sobre controles volumétricos (2.6.1.2., 2.6.1.4., 2.6.1.6.)
- CFDI y complementos Carta Porte (2.7.2.6., 2.7.5.4., 2.7.7.2.4.)
- Procedimientos para devoluciones de ISR (2.3.2.) e IVA preoperativo (2.3.14.)
- RFC (generación de Contraseña, cancelación por defunción)
- Estímulos fiscales para sectores específicos (reglas 10.20., 10.32., 11.17., 11.18.)
- Reducción de multas (2.14.9. y 2.14.14.)
- Deducciones en AGAPES (3.3.1.24.)
- Monederos electrónicos para combustibles (3.3.1.8. y 3.3.1.10.)
Desarrollo y explicación de temas importantes:
1. Inclusión de nuevos beneficios fiscales en sectores prioritarios:
Se incorporan definiciones y reglas para la aplicación de beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar (PODECOBI) y los Polos de Economía Circular (PODECIBI), incluyendo el DEPEBI, lo que permite a empresas establecidas en esas zonas acceder a beneficios fiscales claros y estructurados, promoviendo inversiones.
2. Reglas para el control volumétrico de hidrocarburos:
Se detallan los sujetos obligados y los requerimientos técnicos para controles volumétricos, incluyendo la información que deben proporcionar a clientes y el tipo de dictámenes requeridos por laboratorios acreditados. Estas medidas refuerzan la fiscalización del sector.
3. Facilidades para personas físicas en devolución de ISR:
Se clarifica el uso de la Contraseña y la e.firma para saldos a favor hasta $150,000.00, así como el procedimiento para solventar inconsistencias y continuar con la devolución automática, promoviendo la simplificación administrativa.
4. Cancelación en el RFC por defunción:
La autoridad podrá cancelar el RFC sin necesidad de aviso cuando se corrobore el fallecimiento, bajo ciertos criterios y siempre que no existan créditos fiscales ni facultades de comprobación activas.
5. CFDI con complemento Carta Porte en traslado local de hidrocarburos:
Se establece la obligación de emitir CFDI tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte para el transporte local no federal de hidrocarburos, mejorando la trazabilidad en operaciones sensibles.
6. Estímulos y deducciones fiscales relevantes:
Actualizaciones en reglas de reducción de multas por cumplimiento espontáneo y deducciones para AGAPES permiten mayor eficiencia fiscal para contribuyentes del campo y del sector primario.
7. Monederos electrónicos para combustibles:
Los emisores deberán afiliar estaciones de servicio autorizadas por la Comisión Nacional de Energía, y publicar la lista de estaciones en su página. Se fortalece el control sobre el uso del monedero electrónico como medio de deducción válida.
Publicación oficial:
DOF 22 octubre 2025
QUINTA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
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