DOF 28 julio 2025 (Edición Vespertina)
Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025
En resumen:
Entrada en vigor: 15 de agosto de 2025
Tipo de contribuyentes afectados: Empresas de mensajería y paquetería, así como personas físicas o morales que realizan importaciones mediante este esquema simplificado.
Tipo de operaciones afectadas: Importación definitiva por vía aérea o marítima bajo el esquema simplificado (regla 3.7.35 de las RGCE).
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del SAT, publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, la cual introduce cambios clave en la regla 3.7.35, relativa al procedimiento simplificado para la determinación de contribuciones en importaciones realizadas por empresas de mensajería y paquetería.
Fundamentos legales aplicables:
- Ley Aduanera: artículos 1, 2 fracción VII, 144
- Código Fiscal de la Federación: artículo 33 fracción I, inciso g)
- Ley del SAT: artículo 14 fracción III
- Reglamento Interior del SAT: artículo 8
- RGCE: 3.7.3, 3.7.5, 3.7.6
- Tratados y leyes: TLCP 5.6, PAAP 5.7, TIPAT 5.7, T-MEC 7.8, Leyes 59 y 88, LFD 49
Principales modificaciones
1. Reforma a la fracción I de la regla 3.7.35
- Se confirma que para la determinación de contribuciones en importación de mercancías bajo este esquema se aplicará una tasa global del 33.5% al valor de las mercancías.
2. Adición de fracción III, inciso c) a la misma regla
- Nuevo beneficio fiscal: cuando el valor en aduana supere los 117 dólares estadounidenses, se podrá aplicar una tasa global reducida del 19%, siempre y cuando se cumplan dos condiciones:
- Las mercancías deben estar amparadas con una guía aérea o conocimiento de embarque.
- No deben estar sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA).
Implicaciones prácticas:
Esta modificación representa un incentivo para la importación de mercancías de mayor valor bajo el esquema simplificado, permitiendo una carga fiscal más baja (19% en lugar de 33.5%), siempre que:
- Se utilicen medios de transporte aéreos o marítimos correctamente documentados, y
- Las mercancías estén libres de regulaciones o permisos específicos (RRNA).
Esto puede impactar directamente en la estrategia de logística internacional de empresas e-commerce, marketplaces, y operadores logísticos.
Publicación oficial:
DOF 28 julio 2025 (Edición Vespertina)
CUARTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025.
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