Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior

DOF 24 de septiembre 2024

Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior

En resumen:

  1. Modificación de reglas: Se reforman las reglas 2.2.22 y el Anexo 2.2.2 del Acuerdo de Reglas de Comercio Exterior, especificando los requisitos para obtener permisos previos de exportación de mineral de hierro.
  2. Límites de volumen: Se establece que el volumen máximo de mineral de hierro que puede exportarse bajo un permiso previo es de 300,000 toneladas por solicitante, basado en reservas probadas, capacidad operativa y tonelaje en el patio de almacenamiento.
  3. Criterios de autorización: Se exige la presentación de documentos, como el Certificado de Reservas de Mineral de Hierro emitido por el Servicio Geológico Mexicano (SGM), para asegurar el origen y volumen del mineral de hierro. Estos documentos también definen las cantidades máximas que pueden ser exportadas.
  4. Revisión de exportaciones previas: Si un concesionario ha exportado mineral en el año anterior, el nuevo permiso se ajustará a ese volumen exportado. Si no ha exportado, solo podrá obtener hasta el 50% del volumen autorizado previamente.
  5. Vigencia: Los permisos tienen una vigencia hasta el 31 de diciembre del año en que se emitan.
  6. Entrada en vigor: El Acuerdo entrará en vigor 30 días hábiles después de su publicación, con algunas disposiciones aplicables a partir del 1 de enero de 2025.

Este acuerdo busca establecer control y certeza sobre la exportación de mineral de hierro, garantizando que provenga de concesiones mineras autorizadas y que se cumplan los requisitos establecidos.


Publicación oficial:

DOF 24 de septiembre 2024

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.


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