Patente de Agente Aduanal número 1790 al ciudadano Abel Hiram Durán Cisneros, para ejercer funciones ante la aduana de Matamoros

DOF: 13/12/2018

ACUERDO por el que se otorga patente de Agente Aduanal número 1790 al ciudadano Abel Hiram Durán Cisneros, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Matamoros como aduana de adscripción.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

G.800.02.00.00.00.18-11604
Asunto: Acuerdo de otorgamiento de patente de Agente Aduanal
Visto el escrito mediante el cual, el C. Abel Hiram Durán Cisneros solicita se expida a su favor la patente de agente aduanal y tomando en cuenta el acuerdo, en el que se reconoce que ha cumplido con los requisitos previstos en el artículo 159 de la Ley Aduanera y la Regla 1.4.14. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018, el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 11; 12, párrafo primero, fracción II; relacionado con el 13, primer párrafo, fracciones I y II; 19, fracciones XIX, XXIV y XXV y tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, párrafo primero, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, procede a emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se otorga patente de agente aduanal número 1790 a favor del C. Abel Hiram Durán Cisneros para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Matamoros como aduana de adscripción.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación por una sola vez a costa del C. Abel Hiram Durán Cisneros, de acuerdo a lo previsto en el artículo 214 del Reglamento de la Ley Aduanera.
TERCERO.- Notifíquese de manera personal al C. Abel Hiram Durán Cisneros, el presente acuerdo.
CUARTO.- Gírese oficio al administrador de la aduana de adscripción.
Atentamente.
Ciudad de México, 12 de noviembre de 2018.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas y del Administrador de Apoyo Jurídico de Aduanas “1”, “2”, “3”, “4”, “5”, “6”, “7”, “8”, “9” y “10”; con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo y 19, numeral 2, inciso k) del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma el Administrador de Apoyo Jurídico de Aduanas “11”, Christian Alejandro Fregoso Durán.- Rúbrica.