DOF 10 abril 2026
Resolución final del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 11 de abril de 2026 (día siguiente de su publicación en DOF)
¿A quién impacta esta resolución?
Esta resolución es relevante para:
- Importadores de microalambre para soldar
- Empresas del sector metalmecánico, automotriz y construcción
- Comercializadores de insumos para soldadura
- Empresas IMMEX que importen este insumo
- Agentes aduanales y consultores en comercio exterior
Fundamento legal y antecedentes clave
- Resolución antidumping original: DOF 05/10/2018
- Examen de vigencia y revisión: DOF 28/08/2024
- Inicio del procedimiento de revisión: DOF 03/03/2025
- Marco legal aplicable:
- Artículos 11.1 y 11.2 del Acuerdo Antidumping
- Artículos 67, 68 y 70 de la Ley de Comercio Exterior
- Artículos 99 y 101 del RLCE
Productos y fracciones arancelarias involucradas
Producto: Microalambre para soldar (MIG)
Fracciones arancelarias:
- 7229.20.01
- 7229.90.99
- 8311.90.01
Incluye diversos NICO aplicables a alambres con o sin recubrimiento de cobre.
Resumen de la Resolución
La Secretaría de Economía concluye el procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria aplicable a las importaciones de microalambre para soldar originarias de China.
Principales cambios:
- Se modifica la cuota compensatoria vigente
- Se pasa de una cuota ad valorem de 18.97% a una cuota específica de 1.02 USD/kg
- Se confirma la existencia de condiciones de discriminación de precios (dumping)
Aspectos técnicos relevantes del producto
- Diámetro: 0.6 mm a 1.6 mm
- Material: acero al carbono con manganeso y silicio
- Puede estar recubierto de cobre
- Uso principal: procesos de soldadura MIG/GMAW
Temas clave y análisis de impacto
1. Cambio de circunstancias (Art. 68 LCE)
La autoridad reconoce que:
- El paso del tiempo modificó las condiciones del mercado
- Los precios de importación de China alcanzaron niveles históricamente bajos
- La cuota vigente no corregía la distorsión de precios
Implicación práctica:
Se justifica legalmente la revisión y modificación de la cuota compensatoria.
2. Persistencia del dumping
Se determinó que:
- Continúa la discriminación de precios en importaciones de China
- Existe capacidad instalada suficiente en China para incrementar exportaciones
- Los precios continúan presionando el mercado nacional
Implicación:
Se mantiene la necesidad de protección a la industria nacional.
3. Cambio de cuota: de ad valorem a específica
Antes:
- 18.97% ad valorem
Ahora:
- 1.02 USD/kg
Implicación operativa:
- Impacto directo en el cálculo del costo de importación
- Mayor certeza en el monto a pagar por kilogramo
- Puede representar un incremento o disminución dependiendo del precio declarado
4. Ampliación del análisis a fracciones incorrectas
La autoridad detectó que:
- Importaciones del producto ingresaron por fracciones distintas (ej. 8311.10.99 y 8311.30.01)
- Aun así, fueron consideradas dentro del análisis
Implicación:
- Mayor fiscalización en la correcta clasificación arancelaria
- Riesgo de omisiones en pago de cuotas compensatorias
5. Ajustes al precio de exportación
Se incorporaron ajustes por:
- Flete marítimo
- Seguro
- Maniobras
- Pruebas de laboratorio
Implicación:
- Metodología más robusta en el cálculo del dumping
- Posible precedente para otros casos antidumping
6. Contexto arancelario adicional
- Arancel general vigente: 35% (desde 01/01/2026)
- Exención para países con tratados comerciales
Implicación:
- Alta carga fiscal combinada: arancel + cuota compensatoria
- Incentivo a buscar proveedores con tratado
Conclusión estratégica
Esta resolución confirma un entorno de mayor protección comercial en México, particularmente frente a importaciones de China.
El cambio a cuota específica puede:
- Modificar la estructura de costos de importación
- Afectar márgenes comerciales
- Incrementar riesgos de cumplimiento en clasificación y valoración
Recomendación
Es fundamental que las empresas:
- Revisen su correcta clasificación arancelaria
- Evalúen el impacto financiero de la nueva cuota
- Analicen alternativas de suministro (TLCs)
- Verifiquen cumplimiento en pedimentos y documentación
Publicación oficial:
DOF 10 abril 2026
RESOLUCIÓN final del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
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