DOF 10 marzo 2026
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de Infraestructura Portuaria, aplicables en diversos puertos de México.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor:
- El aviso entra en vigor el 10 de marzo de 2026.
- Las bases de regulación tarifaria entrarán en vigor a los 20 días hábiles posteriores a su publicación en el DOF.
¿A quién afecta esta publicación?
Esta actualización puede impactar principalmente a:
- Importadores y exportadores que operan vía marítima
- Agentes aduanales
- Operadores logísticos y navieras
- Empresas que utilizan servicios portuarios en los puertos de Tampico y Progreso
- Usuarios de infraestructura portuaria que realizan operaciones de comercio exterior en dichos puertos
Publicación en el Diario Oficial de la Federación
El 10 de marzo de 2026, la Secretaría de Marina (SEMAR) publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México”.
Este aviso fue emitido por la Dirección General de Puertos, con fundamento en:
- Artículo 30 fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
- Artículos 1, 4 fracción III, 16 fracciones II y XIV, 40 fracción X, 59, 60 y 61 de la Ley de Puertos
- Artículos 1, 3 y 137 del Reglamento de la Ley de Puertos
- Regulación Tarifaria publicada en el DOF el 22 de diciembre de 1999
Puertos y prestadores de servicio involucrados
Las bases tarifarias actualizadas corresponden a los siguientes Administradores del Sistema Portuario Nacional (ASIPONA):
- ASIPONA Tampico, S.A. de C.V. – Puerto de Tampico, Tamaulipas
- ASIPONA Progreso, S.A. de C.V. – Puerto de Las Coloradas, Yucatán
- ASIPONA Progreso, S.A. de C.V. – Puerto de Progreso, Yucatán
Las bases específicas de tarifas pueden consultarse en los documentos electrónicos publicados por la autoridad.
¿Qué son las bases de regulación tarifaria portuaria?
Las bases de regulación tarifaria establecen los criterios y parámetros bajo los cuales se determinan las tarifas que pueden cobrar los administradores portuarios por el uso de infraestructura portuaria.
Estas tarifas aplican a conceptos como:
- Uso de muelles
- Instalaciones portuarias
- Áreas de almacenamiento
- Infraestructura logística
- Servicios asociados a la operación portuaria
Su objetivo es garantizar condiciones de transparencia y evitar prácticas monopólicas en aquellos puertos donde no existe suficiente competencia entre prestadores de servicios o medios alternativos de transporte.
Motivo de la actualización
De acuerdo con la Secretaría de Marina, la actualización deriva de:
- Solicitudes presentadas en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad Marítima Nacional
- Revisión y autorización por parte de la Dirección General de Puertos
- Necesidad de actualizar los parámetros de cobro por el uso de infraestructura portuaria
Estas modificaciones buscan ajustar las condiciones tarifarias a la operación actual de los puertos involucrados.
Aspectos clave para empresas de comercio exterior
Aunque el aviso no modifica directamente disposiciones aduaneras, sí puede generar impactos económicos operativos, particularmente en:
1. Costos logísticos portuarios
Las nuevas bases pueden implicar ajustes en tarifas por uso de infraestructura, lo que puede repercutir en el costo total de las operaciones de importación o exportación.
2. Contratación de servicios portuarios
Las empresas que utilizan instalaciones en los puertos mencionados deberán revisar las nuevas bases tarifarias publicadas por las ASIPONA para conocer los ajustes aplicables.
3. Planeación logística
Cambios en tarifas portuarias pueden influir en:
- selección de puerto de entrada o salida
- análisis de rutas logísticas
- negociación con operadores logísticos
Entrada en vigor
De acuerdo con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación tarifaria entrarán en vigor a los 20 días hábiles posteriores a su publicación en el DOF.
Esto brinda un periodo para que los usuarios portuarios analicen las nuevas tarifas y ajusten sus operaciones logísticas.
Recomendación para empresas
Las empresas que operan en Tampico y Progreso deberían:
- Revisar las bases tarifarias publicadas
- Evaluar posibles incrementos en costos portuarios
- Ajustar presupuestos logísticos
- Revisar contratos con operadores portuarios o agentes de carga
Publicación oficial:
DOF 10 marzo 2026
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de Infraestructura Portuaria, aplicables en diversos puertos de México.
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