DOF 06 febrero 2026
Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia
En resumen:
Entrada en vigor: 7 de febrero de 2026
Tipo de operaciones afectadas: Importaciones de tubería de acero sin costura (no inoxidable) originarias de la República Popular China
Sujetos impactados: Importadores, comercializadores, usuarios finales del producto, empresas de sectores como energía, construcción, petróleo y gas, así como exportadores chinos y sus representantes en México
Temas tratados en la publicación
- Examen de vigencia de cuota compensatoria conforme a Ley de Comercio Exterior y Acuerdo Antidumping.
- Producto objeto: Tubería de acero sin costura (no inoxidable) con diámetros de 5 a 16 pulgadas.
- Fracciones arancelarias afectadas:
- 7304.19.02 NICO 01 y 99
- 7304.19.99 NICO 01, 91 y 99
- 7304.39.12, 7304.39.13, 7304.39.91, 7304.39.99
- Requisitos técnicos del producto (normas ASTM, API, ISO).
- Proceso productivo y usos principales.
- Plazos y medios para que partes interesadas se manifiesten.
- Tratamiento arancelario y posibles excepciones por tratados.
Explicación de los temas importantes
¿Qué se publicó?
La Secretaría de Economía declaró el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China, vigente desde 2011 y renovada en 2016 y 2021.
¿Por qué es importante?
El procedimiento busca evaluar si la eliminación de la cuota compensatoria actual ($1,252 USD por tonelada métrica) permitiría la repetición del daño a la industria nacional. Mientras se realiza este examen, la cuota se mantiene vigente.
Características del producto examinado
- Tubería de acero sin costura, con diámetro de 5 a 16 pulgadas.
- Usos comunes:
- Conducción de agua, aire, vapor o químicos.
- Aplicaciones en sistemas industriales, energéticos y petroleros.
- Normas aplicables: ASTM A53, ASME SA106, API 5L, entre otras.
Aranceles aplicables
A partir del 1 de enero de 2026, estas fracciones arancelarias están sujetas a un arancel general del 35%, salvo exenciones por tratados de libre comercio.
Participación en el procedimiento
Importadores, exportadores y cualquier parte interesada con interés jurídico podrán presentar su respuesta y pruebas en un plazo de 28 días hábiles (contados a partir del 7 de febrero), utilizando el formulario oficial disponible en la web de la SE o vía correo electrónico:
📧 upci@economia.gob.mx
🌐 Sitio oficial para formularios
Publicación oficial:
DOF 06 febrero 2026
RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
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