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Anexo 18 RMF 2026: Reglas para el Dictamen Fiscal con SIPRED 2025

Resolución Miscelánea Fiscal

DOF 19 enero 2026

Anexo 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor:
19 de enero de 2026

¿A quién puede afectar?
Contribuyentes obligados u optantes a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales del ejercicio 2025, así como contadores públicos inscritos responsables del dictamen. Específicamente:

  • Personas morales en general
  • Coordinados y regímenes AGAPES
  • Personas físicas de autotransporte
  • Casas de cambio
  • Intermediarios financieros no bancarios
  • Fondos de inversión

Contenido y fundamentos legales

El Anexo 18 se emite con base en los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF, en relación con las reglas 1.4., fracción XVIII y 2.10.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal. Contiene los lineamientos para la presentación del dictamen fiscal mediante el Sistema de Presentación del Dictamen 2025 (SIPRED 2025), el cual será obligatorio para los ejercicios fiscales del año 2025.

Temas incluidos:

  • Instructivo de integración y presentación del dictamen fiscal
  • Instructivo de características para el llenado en SIPRED 2025
  • Formatos guía para distintos tipos de contribuyentes
  • Cuestionario de diagnóstico fiscal
  • Cuestionario de precios de transferencia

Principales puntos a considerar:

1. Uso obligatorio del SIPRED 2025

El dictamen debe elaborarse exclusivamente con SIPRED 2025. No se permite el uso de otro software ni modificaciones estructurales en los formatos.

2. Formatos diferenciados por tipo de contribuyente

Se establecen anexos específicos y cuestionarios distintos según el tipo de contribuyente, por ejemplo:

  • General: Incluye conciliaciones contables-fiscales, operaciones con partes relacionadas, inversiones en el extranjero, entre otros.
  • AGAPES y coordinados: Incluye información adicional sobre integrantes y operaciones con residentes en el extranjero.
  • Casas de cambio y fondos de inversión: Se agregan formatos particulares como estado de valuación de cartera.
  • Intermediarios financieros no bancarios: Se destacan temas sobre derivados financieros y regímenes preferentes.

3. Reglas para captura y validación de datos

  • Archivo en formato .sb2x con estructura cifrada.
  • Textos en mayúsculas, sin signos especiales.
  • Importes en pesos (no en miles), sin símbolos monetarios.
  • Mínimo de 100 caracteres en textos explicativos.

4. Obligaciones del Contador Público

Debe validar respuestas del contribuyente, señalar diferencias materiales y no materiales, emitir opinión clara y documentar el origen de discrepancias fiscales. En casos de escisión o fusión, se requiere información adicional específica sobre accionistas, distribución de activos, etc.

5. Cuestionarios obligatorios

  • Diagnóstico fiscal
  • Precios de transferencia
    Ambos deben llenarse con base en la revisión del contador público, y justificarse conforme a las Normas de Auditoría.

Recomendación final

Este Anexo es clave para preparar correctamente el dictamen fiscal del ejercicio 2025. Es indispensable que tanto contribuyentes como contadores públicos inscritos verifiquen si les aplica este dictamen, revisen los formatos y se aseguren de contar con el software y configuraciones necesarias.


Publicación oficial:

DOF 19 enero 2026

ANEXO 18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025.


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