DOF 12 diciembre 2025
OFICIO 500-05-2025-35909 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: Misma fecha (efecto legal inmediato)
Tipo de contribuyentes afectados: Empresas y personas físicas señaladas como emisores de facturas sin operaciones reales (EFOS)
Tipo de operaciones afectadas: Emisión y deducción de comprobantes fiscales sin sustento operativo
Listado Global Definitivo de EFOS – Art. 69-B CFF
Antecedentes y fundamento legal
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del SAT, publicó el Oficio 500-05-2025-35909, en cumplimiento del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). Este artículo establece el procedimiento para declarar de manera definitiva a los contribuyentes que simulan operaciones a través de la emisión de comprobantes fiscales sin contar con activos, personal o infraestructura necesarios.
Fundamento legal: Art. 69-B del CFF, Art. 69 del Reglamento del CFF, Art. 135 del CFF.
¿Qué se publicó?
- Se actualiza y publica el listado global definitivo de contribuyentes que:
- Fueron objeto de un oficio de presunción individual.
- No presentaron pruebas ni documentación para desvirtuar los hechos.
- Se resolvió su situación de forma definitiva como emisores de comprobantes fiscales sin sustancia económica.
- Se publica su nombre, denominación o razón social en el portal del SAT y en el DOF.
Efectos fiscales:
- Los comprobantes fiscales emitidos por estos contribuyentes no producen ni produjeron efectos fiscales.
- Lo anterior aplica de manera general para todos los contribuyentes que hayan utilizado dichos CFDI’s.
- Las empresas que hayan deducido o acreditado operaciones con estas personas deberán corregir su situación fiscaly podrían ser sujetas a revisiones, créditos fiscales o sanciones.
Listado de contribuyentes incluidos
El anexo del oficio presenta un total de 39 contribuyentes —personas físicas y morales— cuyos nombres y RFC fueron incluidos tras no aportar elementos que desvirtuaran la presunción. Ejemplos destacados:
- AEROSERVICIOS DINÁMICOS, S.A. DE C.V.
- MGR INNOVACIÓN Y MARKETING DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
- TELEVIRTUAL, S.A. DE C.V.
- RECICLADORA DE TRANSPORTES COMERCIALES, S.A. DE C.V.
- Entre otros (ver Anexo 1 completo en el DOF o en el sitio del SAT).
¿A quién afecta esta publicación?
- A contribuyentes que hayan recibido comprobantes fiscales de los listados.
- A empresas que hayan deducido operaciones con estos proveedores.
- A clientes y proveedores que operan con cadenas de suministro o prestación de servicios donde intervienen contribuyentes listados.
Recomendaciones prácticas
- Revisar con urgencia si alguno de los RFC listados fue proveedor de tu empresa.
- Si detectas operaciones con estos contribuyentes:
- Considerar presentar declaraciones complementarias.
- Evaluar la posibilidad de autocorrección fiscal.
- Documentar cualquier acción tomada ante el SAT para reducir riesgos.
- Prevenir: Reforzar el proceso de validación de proveedores mediante revisiones periódicas al listado 69-B.
Publicación oficial:
DOF 12 diciembre 2025
OFICIO 500-05-2025-35909 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
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