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Inicia revisión de cuota compensatoria a importaciones de globos de plástico metalizado desde China

DOF 21 noviembre 2025

RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China,independientemente del país de procedencia.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor:22 de noviembre de 2025¿A quiénes puede afectar?:Importadores de globos de plástico metalizado originarios de China, distribuidores de artículos para fiestas, jugueteros, agentes aduanales, comercializadoras y empresas con operaciones en las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE

La Secretaría de Economía aceptó la solicitud de la empresa Convertidora Industrial, S.A.B. de C.V. (CONVER) y declaró el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plástico metalizado originarios de China, conforme al expediente REV_20-25.Esta medida surge tras un cambio en las circunstancias que determinan el margen de discriminación de precios, lo cual podría resultar en el establecimiento de una nueva cuota compensatoria específica (en dólares por kilogramo), en lugar de la actual cuota ad valorem del 161% vigente desde junio de 2023.Fundamento Legal y Cambios AplicablesFundamento jurídico principal:

  • Artículos 11.1 y 11.2 del Acuerdo AntidumpingArtículos 67, 68 y 101 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE)Artículo 52 de la Ley de Comercio Exterior (LCE)

  • Fracciones arancelarias involucradas:
  • 9503.00.23 (NICO 01, 00 y 99)9505.90.99 (NICO 00)

  • Producto objeto de revisión:Globos de plástico metalizado o “foil balloons”, fabricados con películas de nylon o poliéster laminadas con polietileno, utilizados principalmente en decoración, juguetería y expresión social.Periodo de revisión considerado:1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025Temas Relevantes e Impacto Operativo1. Cambio de modalidad de cuotaEn 2023, la cuota específica de 37.8 USD/kg fue sustituida por una cuota ad valorem del 161%. Esta modificación, según CONVER, ha sido ineficaz para evitar la subvaloración de las importaciones, incentivando la entrada de producto chino a precios bajos y desplazando a la producción nacional.2. Incremento en volumen de importacionesDurante el periodo de revisión, se observó un aumento significativo en las importaciones desde China, lo que sugiere que el margen de dumping ha crecido. CONVER propone restablecer una cuota compensatoria específica en dólares por kilogramo, que refleje el nuevo margen de discriminación de precios.3. Tratamiento arancelarioAunque estas fracciones están sujetas a un arancel del 15%, existen condiciones bajo las cuales los globos pueden ingresar libres de arancel si se cuenta con certificado de cupo. A pesar de ello, los productos están sujetos a la cuota compensatoria definitiva, la cual seguirá vigente durante el procedimiento.4. Participación de otras partesSe otorgó un plazo de 23 días hábiles para que productores, importadores, exportadores u otras partes con interés jurídico, presenten pruebas, formularios y argumentos ante la Secretaría de Economía.Recomendación para Importadores

    Si importas globos de plástico metalizado desde China, es crucial que revises tus operaciones actuales y valores los impactos potenciales de una modificación en la cuota compensatoria. Este proceso puede afectar tus costos, márgenes de utilidad y estrategias de abastecimiento.


    Publicación oficial:

    DOF 21 noviembre 2025

    RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plástico metalizado originarias de la República Popular China,independientemente del país de procedencia.


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