DOF 16 octubre 2025
Aviso por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de lanchaje, aplicables en el Puerto de Seybaplaya, Camp.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 14 de noviembre de 2025 (20 días hábiles posteriores a la publicación)
Tipo de contribuyentes/operaciones afectadas: Prestadores y usuarios del servicio portuario de lanchaje en el puerto de Seybaplaya, Campeche.
Fundamento legal
- Ley de Puertos: arts. 1, 4 fr. III, 16 fr. II, VIII y XIV, 44 fr. I, 45, 50, 51 fr. V, 59, 60 y 61.
- Reglamento de la Ley de Puertos: arts. 70 al 74 y 137.
- Reglamento Interior de la Secretaría de Marina: arts. 1, 3 fr. II inc. j), 33 fr. X y XVII.
- Regulación Tarifaria publicada el 22 de diciembre de 1999 en el DOF.
¿Qué se publicó?
La Secretaría de Marina, a través de la Dirección General de Puertos, dio a conocer un aviso oficial por el que se actualizan las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de lanchaje en el Puerto de Seybaplaya, Campeche.
Desarrollo y explicación de los temas importantes
¿Qué es el servicio de lanchaje?
Es el servicio que se presta para el traslado de personas, tripulación, inspectores o mercancías entre una embarcación y tierra firme, utilizando embarcaciones menores. Este servicio es esencial en operaciones donde no se puede atracar directamente en muelle.
¿Por qué se publica este aviso?
Este ajuste responde a una solicitud presentada ante la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos. Tras su análisis y autorización, la Dirección General de Puertos determinó necesario actualizar las tarifas que regulan este servicio portuario.
¿Qué implica esta actualización?
- Nuevas tarifas reguladas: Aplicables únicamente al puerto de Seybaplaya, Camp.
- Prestador del servicio autorizado: Servicios Marítimos Ah-Kim-Pech, S.A. de C.V.
- Consulta pública disponible: Las nuevas tarifas están disponibles para su consulta en la página oficial del Diario Oficial de la Federación, en el siguiente enlace:
www.dof.gob.mx/2025/SEMAR/5063_2025.pdf
Consideraciones clave:
- La Secretaría de Marina interviene en este caso debido a que no existen alternativas viables de transporte o servicios portuarios que generen condiciones de competencia razonable.
- La actualización tarifaria busca equilibrar el costo del servicio con las condiciones actuales del mercado, protegiendo tanto a usuarios como a prestadores del servicio.
Recomendación para usuarios del puerto
Empresas que utilicen servicios portuarios en Seybaplaya, como navieras, importadores, exportadores o agentes aduanales, deben verificar si estas nuevas tarifas impactarán sus costos logísticos.
Es importante considerar esta actualización para:
- Cotizaciones de servicios futuros
- Revisiones presupuestales
- Contratos vigentes o nuevos
Publicación oficial:
DOF 16 octubre 2025
AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de lanchaje, aplicables en el Puerto de Seybaplaya, Camp.
Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:
Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)
Consorcio Jurídico Aduanero
Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!
















