DOF 12 septiembre 2025
Oficio 500-05-2025-20320 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación
En resumen:
Entrada en vigor: 12 de septiembre de 2025 (efectos generales desde su publicación).
¿A quiénes impacta?
- Empresas y personas que hayan recibido CFDI de los contribuyentes listados (potenciales EDO).
- Áreas Fiscal, Contabilidad, Compras y Cumplimiento en cualquier sector que registre operaciones con los RFC publicados.
El SAT publicó el oficio 500-05-2025-20320 con el listado global definitivo del art. 69-B CFF, agregando 12 contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emitir CFDI sin activos, personal, infraestructura o capacidad material. Con efectos generales, los CFDI de estos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
Fundamentos legales citados en el oficio
- CFF: art. 33 (último párr.), 63 y 69-B (párrs. 1°, 4° y 5°).
- Reglamento del CFF: art. 69 (notificaciones) y referencia al 135 CFF para prelación de notificaciones.
- Marco orgánico y delegación: Ley del SAT; Reglamentos Interiores de SHCP, SAT y ANAM; Acuerdo de Delegación (23/jun/2016).
- Oficio publicado: 500-05-2025-20320 (AC de Fiscalización Estratégica – AGAFF).
Lista de contribuyentes en definitivo (art. 69-B CFF)
- AESF720120QH2 – SÁNCHEZ FLORA ANGEL (Sinaloa)
- CACI831222927 – CHAGALA COTO ISABEL (Sinaloa)
- CBE180622F5A – COMERCIALIZADORA BETROM, S.A. DE C.V. (Puebla)
- CRE070418CX4 – PRIVATE EQUITY CP, S.A.P.I. DE C.V. (CDMX)
- JITJ651225SG9 – JIMÉNEZ TORRES MA. JESÚS (CDMX)
- MEGJ830822UX1 – MENDOZA GAMBOA JARED QUETZALCOALT (Campeche)
- NEOE670125PA7 – NEQUÍZ OLMEDO ELVIRA (CDMX)
- PEPE630927BA0 – PÉREZ PÉREZ MARÍA ESTELA (Sinaloa)
- PRM0408127D2 – PRINCIPAL RENTALS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. (CDMX)
- QUSE871116KA9 – QUINTERO SEGOVIA ERICK EDMUNDO (Sinaloa)
- ROMA940205JJ8 – RODRÍGUEZ MENDIETA ARELY ANDREA (Edo. Méx.)
- VVG140905APA – VÉRTIZ AND VÉRTIZ GRUPS SOLUCIONS, S.A. DE C.V. (CDMX)
Incluye domicilio fiscal, actividad y motivo del procedimiento (ausencia de activos, personal, infraestructura y/o capacidad material).
Cómo se llegó al “definitivo”
- Presunción individual y notificación (estrados, personal o Buzón Tributario).
- Listado global de presunción (web del SAT y/o DOF).
- Plazo de 15 días hábiles para manifestaciones y pruebas.
- Resolución individual definitiva al no desvirtuar.
- Publicación en DOF con efectos generales.
Efectos prácticos clave para las empresas
- CFDI sin efectos fiscales: los comprobantes emitidos por los listados no producen ni produjeron efectos(deducción/IVA). Revise ejercicios abiertos y papeles de trabajo.
- Mapeo de riesgo de proveedores: identifique pagos/CFDI de los 12 RFC y prepare estrategia contable-fiscal (reclasificaciones, provisiones, autocorrecciones).
- Soporte de materialidad: fortalezca expedientes de operaciones con terceros (contratos, entregables, evidencia logística, pagos, personal involucrado).
- Gobernanza de compras: actualice listas negras internas, flujos de alta de proveedores y validaciones continuas (verificación de estatus antes de pagar/facturar).
- Comunicación interna: alerte a Tesorería, Contabilidad y Compliance; detenga nuevas compras a los RFC señalados.
Nota: El oficio detalla fechas de notificación de presunción, web SAT, DOF y resoluciones definitivas por contribuyente. Úselas para calcular ventanas internas de control y trazabilidad.
Tabla de referencia (extracto de evidencias en el oficio)
- Medios de notificación utilizados (estrados, personal, Buzón Tributario) y fechas por contribuyente (Apartados A–D).
- Actividades preponderantes y motivo (Apartado E).
- Declaratoria de efectos generales del art. 69-B, quinto párrafo.
Publicación oficial:
DOF 12 septiembre 2025
OFICIO 500-05-2025-20320 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
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