DOF 02 septiembre 2025 (Edición Vespertina)
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural establecen precios mínimos de exportación para el tomate fresco
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: 3 de septiembre de 2025
Tipo de operaciones afectadas: Exportación de tomate fresco
Tipo de contribuyentes afectados: Exportadores agrícolas de tomate fresco (grandes, medianos y pequeños)
Resumen ejecutivo
El 2 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (edición vespertina) un Acuerdo conjunto de la Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), mediante el cual se modifica el artículo Tercero del Acuerdo original del 8 de agosto de 2025 relativo a los precios mínimos de exportación para el tomate fresco de origen mexicano.
Fundamento legal
- Artículos 131 de la Constitución
- Ley de Comercio Exterior: arts. 1, 4 fr. III, 5 fr. III, 6, 15 fr. I, 17 y 27
- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: arts. 34 y 35
- Reglamentos interiores de SE y SADER: artículos 5 fr. XVII y XXV respectivamente
Modificaciones y temas afectados
Se modifica el artículo Tercero del Acuerdo publicado el 8 de agosto de 2025, actualizando los precios mínimos de exportación para diferentes variedades de tomate fresco, con base en:
- Condiciones del mercado
- Costos de producción actualizados
- Precios de referencia internacionales
- Observaciones de exportadores y organismos del sector
Lista de precios mínimos de exportación (USD/kg):
| Variedad / Presentación | Precio mínimo |
|---|---|
| Tomate “Cherry” a granel | 1.50 |
| Tomate “Cherry” empacado | 2.20 |
| Tomate bola | 0.95 |
| Tomate bola “Stem On” | 1.35 |
| Tomate bola TOV-Racimo | 1.25 |
| Tomate Roma (saladette) | 0.88 |
| Tomate grape (uva) a granel | 1.50 |
| Tomate grape (uva) empacado | 2.20 |
| Otras variedades (Cocktail, Campari, Kumato, etc.) | 1.70 |
Todos los precios están expresados en dólares estadounidenses por kilogramo e incluyen costos de producción, utilidad razonable, gastos aduanales, envase y flete.
Explicación de los temas importantes
- Revisión de precios mínimos:
Los precios han sido ajustados para reflejar mejor la realidad del mercado internacional y garantizar condiciones de competencia justas. - Competitividad y defensa del producto nacional:
El ajuste busca mantener la posición de los exportadores mexicanos frente a otros países, evitando desplazamientos de mercado. - Participación de exportadores en la decisión:
La actualización se deriva de consultas directas con productores y organismos del sector, lo cual refuerza la legitimidad de la medida. - Aplicación inmediata:
La entrada en vigor al día siguiente de su publicación requiere acciones inmediatas por parte de los exportadores para actualizar sus precios de venta.
¿Cómo puede impactar tu operación?
Si exportas tomate fresco, estos nuevos precios mínimos deberán ser considerados al momento de emitir tus facturas de exportación, calcular márgenes y definir estrategias de comercialización.
Publicación oficial:
DOF 02 septiembre 2025 (Edición Vespertina)
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural establecen precios mínimos de exportación para el tomate fresco.
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