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Secretaría de Economía inicia investigación antidumping sobre recubrimientos cerámicos originarios de India

DOF 13 agosto 2025

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de recubrimientos cerámicos para piso y muro originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 14 de agosto de 2025 (día hábil siguiente a su publicación)

Tipo de operaciones y contribuyentes afectados

Importadores de recubrimientos cerámicos para piso y muro (baldosas, azulejos, losetas y similares) clasificados en las fracciones arancelarias 6907.21.02, 6907.22.02 y 6907.23.02 de la TIGIE, originarios de la República de la India, independientemente del país de procedencia, que ingresen bajo regímenes temporal, definitivo o amparados en la Regla Octava.

La Secretaría de Economía aceptó la solicitud presentada por Porcelanite Lamosa, S.A. de C.V., Cesantoni, S.A. de C.V. y Nitropiso, S.A. de C.V., para iniciar un procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional en la modalidad de discriminación de precios (dumping) en las importaciones de recubrimientos cerámicos originarios de India.

Fundamentos y antecedentes

  • Expediente: AD-06-25
  • Periodo investigado: 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
  • Periodo de análisis de daño: 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
  • Las solicitantes argumentaron que dichas importaciones han aumentado significativamente en volumen y en condiciones de dumping, desplazando producto nacional y causando daño a la industria mexicana.

Producto investigado

  • Baldosas y losetas cerámicas y porcelánicas para piso y muro, esmaltadas o no.
  • Clasificación arancelaria:
    • 6907.21.02 – Absorción ≤ 0.5% (porcelánico)
    • 6907.22.02 – Absorción > 0.5% y ≤ 10%
    • 6907.23.02 – Absorción > 10%
  • Unidad de medida: m²
  • Se excluyen piezas especiales como ángulos, cenefas, listelos, molduras, peldaños, rosetones, zoclos, entre otros.

Aranceles actuales

  • Desde el 23 de abril de 2024: 35% temporal (vigencia de 2 años).
  • Excepciones por acuerdos comerciales: Vietnam (4.5%) y Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda, Perú y Singapur (3%) durante 2025.

Normas de referencia

  • NMX-C-422-ONNCCE-2019
  • ANSI A137.1 y ANSI A326.3
  • ASTM C648-20

Impacto para los operadores de comercio exterior

  • Los importadores deberán prepararse para posibles cuotas compensatorias si se confirma la práctica de dumping.
  • Es importante revisar contratos, costos y márgenes, así como evaluar proveedores alternativos.
  • La investigación puede derivar en ajustes de precios, modificaciones de estrategia de importación y mayor control documental en pedimentos.

Conclusión práctica:

Esta investigación puede afectar de forma inmediata a importadores y distribuidores que trabajen con mercancía originaria de India, tanto por el impacto arancelario actual como por la posibilidad de cuotas compensatorias adicionales. El seguimiento cercano del proceso y la implementación de medidas preventivas es esencial


Publicación oficial:

DOF 13 agosto 2025

RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de recubrimientos cerámicos para piso y muro originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.


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