DOF 01 agosto 2025
OFICIO 500-05-2025-20012 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: Desde su publicación en el DOF (1 de agosto de 2025)
Contribuyentes/Operaciones afectadas: Personas físicas y morales señaladas en el listado global de presunción —particularmente quienes hayan emitido CFDI sin sustento operativo o material.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado el oficio 500-05-2025-20012, mediante el cual comunica un listado global de presunción de contribuyentes conforme al artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF). Este listado incluye a aquellas personas físicas y morales que presuntamente simularon operacionesal emitir comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para respaldarlos.
Fundamento Legal:
- Artículo 69-B, párrafos primero y segundo del CFF
- Artículos 18, 18-A y 19 del CFF
- Artículo 135 del CFF
- Reglamento del CFF y disposiciones del Reglamento Interior del SAT
Procedimiento y Derechos de los Contribuyentes:
Los contribuyentes listados en el Anexo 1 del oficio recibieron previamente un oficio individual de presunción, en el cual se detallan los motivos que originan su inclusión en el listado.
Tienen un plazo de 15 días hábiles (contados a partir de que surta efectos la última notificación), para desvirtuar los hechos ante la autoridad que emitió el oficio individual. De no hacerlo:
- Su nombre se publicará en el listado definitivo de empresas que no desvirtuaron los hechos.
- Serán considerados como empresas que simulan operaciones (EFOS).
Detalles prácticos:
- El escrito para desvirtuar debe presentarse en original y dos copias, firmado por el contribuyente o representante legal.
- La documentación debe cumplir con los requisitos del CFF (Artículos 18, 18-A y 19).
- El listado se encuentra disponible en el portal del SAT y en el propio Diario Oficial de la Federación.
Impacto para terceros:
Las empresas que dedujeron o acreditaron comprobantes fiscales emitidos por estos contribuyentes deberán estar atentas, ya que podrían verse implicadas como empresas que deducen operaciones simuladas (EDOS), generando riesgos de créditos fiscales y sanciones.
Publicación oficial:
DOF 01 agosto 2025
OFICIO 500-05-2025-20012 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
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