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Nuevas reglas contables para Almacenes Generales de Depósito, Casas de Cambio, Uniones de Crédito y SOFOMES reguladas

DOF 24 julio 2025

Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 25 de julio de 2025
Tipo de contribuyentes afectados:

  • Almacenes Generales de Depósito
  • Casas de Cambio
  • Uniones de Crédito
  • Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas (SOFOMES E.R.)
    Tipo de operaciones afectadas: Procesos contables en situaciones extraordinarias, fenómenos naturales, saneamientos financieros y reestructuraciones corporativas.

Resumen Ejecutivo

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó una modificación a las Disposiciones de carácter generalaplicables a ciertos intermediarios financieros no bancarios, con el fin de:

  • Fortalecer su capacidad de respuesta ante eventos extraordinarios (desastres naturales).
  • Apoyar su estabilidad durante procesos de saneamiento financiero o reestructuración corporativa.

Modificaciones principales

Se reforman:

  • Artículos 9 y 141

Se adicionan:

  • Artículos 9 Bis, 9 Bis 1
  • Artículos 141 Bis, 141 Bis 1

Fundamento legal: Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Uniones de Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, y Ley de la CNBV.

Temas importantes y explicación práctica

1. Autorización de criterios contables especiales por desastre natural (Art. 9 y 141)

La CNBV podrá autorizar el uso de criterios contables especiales temporales cuando existan declaratorias de emergencia por fenómenos naturales (según la Ley General de Protección Civil), siempre que puedan afectar la solvencia o liquidez de las entidades.

Requisitos mínimos para solicitar autorización:

  • Descripción detallada del criterio especial y área geográfica de aplicación.
  • Estimaciones del impacto económico.
  • Justificación de cómo se mitigarán las afectaciones.

2. Aplicación de registros contables especiales por saneamiento financiero o reestructuración corporativa (Art. 9 Bis y 141 Bis)

Se podrán autorizar registros contables especiales para procurar la estabilidad operativa, siempre que:

  • No deriven del incumplimiento normativo.
  • No se encuentren aplicando ya criterios especiales.

Ejemplos de reestructuración corporativa: Fusiones, escisiones, operaciones discontinuadas.
Ejemplos de saneamiento: Reorganización operativa o financiera ante problemas de solvencia.

3. Obligación de Revelación en Estados Financieros (Art. 9 Bis 1 y 141 Bis 1)

Se deberá informar públicamente sobre la aplicación de estos criterios en los estados financieros dictaminados anuales y trimestrales, incluyendo:

  • Detalles del criterio autorizado.
  • Impacto contable y financiero.
  • Comparativos con el tratamiento contable tradicional.

Además, la CNBV podrá revocar las autorizaciones si no se cumple con lo exigido.


Publicación oficial:

DOF 24 julio 2025

RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas.


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