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Se inicia examen de vigencia de cuotas compensatorias a lámina rolada en frío originaria de China

DOF 09 junio 2025

Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 10 de junio de 2025
Tipo de contribuyentes u operaciones afectadas: Empresas que importan lámina de acero rolada en frío, particularmente en sectores como automotriz, electrodomésticos, construcción y fabricación de envases.

Contexto

El 9 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Fundamento legal

  • Ley de Comercio Exterior: arts. 5, 67, 70, fracc. II, 70 B, 89 F
  • Reglamento de la Ley de Comercio Exterior: arts. 76 y 94
  • Acuerdo Antidumping: arts. 11.1, 11.3, 11.4, 6.1
  • Publicación en el DOF: 9 de junio de 2025
  • Entrada en vigor: 10 de junio de 2025

Antecedentes relevantes

  • En 2015 se impusieron cuotas compensatorias definitivas a la lámina rolada en frío proveniente de China:
    • 65.99% a Baoshan Iron & Steel Co. Ltd.
    • 82.08% a Tangshan Iron and Steel Group Co. Ltd.
    • 103.41% a otras empresas
  • En 2016 se comprobó elusión mediante adición de boro, ampliando el alcance de las cuotas.
  • En 2021 se prorrogó su vigencia por 5 años (hasta el 19 de junio de 2025).
  • Ternium México S.A. de C.V. solicitó el inicio del examen de vigencia el 14 de mayo de 2025.

Mercancía objeto del examen

Lámina rolada en frío, sin alear o con boro ≥ 0.0008%, sin chapar ni revestir, con ancho ≥ 600 mm y espesor entre 0.5 mm y < 3 mm. Puede estar cruda o recocida.
También se le conoce como Cold Rolled Steel Sheet.

Clasificación arancelaria

Fracciones TIGIE afectadas:

  • 7209.16.01 (NICO 01 y 99)
  • 7209.17.01 (NICO 01 y 99)
  • 7225.50.91 (NICO 01, 02, 06, 08, 09, 11, 92, 99)

Arancel temporal vigente del 25% desde el 23 de abril de 2024 (vigente por 2 años).

Periodos establecidos

  • Periodo de examen: del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025
  • Periodo de análisis: del 1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2025

Aspectos importantes

  1. Continuidad de cuotas compensatorias: Las cuotas seguirán aplicándose durante el procedimiento de examen de vigencia, conforme al artículo 89 F de la LCE.
  2. Plazo para presentar pruebas y argumentos: Los interesados tienen 28 días hábiles a partir del 10 de junio de 2025 para participar en el procedimiento, acreditando interés jurídico.
  3. Medios de presentación: Vía electrónica (upci@economia.gob.mx) o física en Pachuca 189, Condesa, CDMX.

Implicaciones prácticas

Empresas importadoras de lámina rolada en frío deberán considerar que:

  • Las cuotas siguen vigentes, lo que afecta directamente la rentabilidad de estas operaciones.
  • Las fracciones TIGIE y NICO involucradas abarcan un amplio espectro de productos, incluyendo acero de alta resistencia, acero al boro, y aceros especiales.
  • En caso de controversias sobre clasificación o aplicación de cuotas, es recomendable contar con análisis técnico-comercial y legal.

Publicación oficial:

DOF 09 junio 2025

RESOLUCIÓN por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de la República Popular China, independientemente del país deprocedencia.


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