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Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2025: Cambios fiscales relevantes y estímulos del Plan México

DOF 13 mayo 2025

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1-A, 3, 11, 14 y 15

En resumen:

Fecha de entrada en vigor:

14 de mayo de 2025, salvo disposición expresa en contrario.

¿A quiénes puede afectar?

  • Personas físicas y morales con obligaciones fiscales ante el SAT
  • Empresas con operaciones de comercio exterior
  • Contribuyentes que deseen aplicar estímulos del Plan México
  • Proveedores y emisores de monederos electrónicos
  • Personas morales del sector primario (AGAPES)
  • Contribuyentes de IEPS e IVA en sectores específicos
  • Contribuyentes con operaciones en PODEBI, POINBI, o Tianguis del Bienestar

Modificaciones y temas afectados (con fundamento legal):

  1. Plan México (Nuevo capítulo 11.15)
    • Se incorporan lineamientos específicos para deducción inmediata, capacitación e innovación.
    • Fundamento: Decreto DOF 21/01/2025 y Lineamientos DOF 21/03/2025.
    • Reglas: 11.15.1 a 11.15.4.
  2. CFDI de transporte propio en exportación definitiva
    • Aclaración sobre uso de Carta Porte para cruce fronterizo con medios propios.
    • Fundamento: Regla 2.7.7.2.7 y RGCE 2.4.12, 3.1.33.
  3. Facilidades fiscales y estímulos en auditorías (Régimen transitorio LIF)
    • Aplicación de estímulos durante procesos de fiscalización.
    • Reglas: 9.23, 9.28, 9.30, 9.31.
  4. Deducción para AGAPES sin proporción de ingresos exentos
    • Se ajusta procedimiento de aviso en el portal del SAT.
    • Regla: 3.3.1.24.
  5. Emisión y verificación de monederos electrónicos (combustibles y vales)
    • Nuevas reglas sobre autorizaciones, obligaciones y cambios tecnológicos.
    • Reglas: 3.3.1.8 a 3.3.1.20.
  6. Representación legal en actas notariales
    • Ajustes sobre clave RFC en escrituras públicas.
    • Regla 2.4.5.
  7. Suspensión o disminución retroactiva de obligaciones fiscales
    • Personas físicas pueden retrotraer hasta 5 ejercicios fiscales.
    • Regla 2.5.16.
  8. Liberación de bienes embargados al garantizar crédito fiscal
    • Fundamento: Regla 2.11.7.
  9. Documentación para comprobar que bienes son nuevos
    • Aplicable en PODEBI, POINBI y Tianguis del Bienestar.
    • Reglas: 11.11.8, 11.14.8.

Temas importantes y su aplicación práctica

1. Estímulos fiscales del “Plan México” (Capítulo 11.15)

Este nuevo capítulo establece las reglas específicas para aplicar tres beneficios fiscales clave:

  • Deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo
  • Deducción adicional del 25% en gastos de capacitación vinculada con la operación productiva
  • Deducción adicional del 25% en gastos de innovación (incluye patentes, certificaciones, modelos de utilidad)

Los contribuyentes deberán llevar un registro específico, conservar evidencia documental y presentar declaraciones complementarias si incumplen los requisitos. La aplicación incorrecta o tardía puede generar ajustes fiscales.

2. Aplicación del estímulo fiscal durante fiscalizaciones (Reglas 9.23 a 9.31)

Se otorgan facilidades para aplicar estímulos fiscales aun estando bajo revisión por parte de SAT o autoridades estatales. Esto incluye comercio exterior.
Destaca el procedimiento para obtener línea de captura (FCF), aplicar la clave “13 – Pago ya efectuado” en pedimentos y justificar ante aduana en caso de error del sistema.

3. Monederos electrónicos

Se detallan requisitos técnicos, trámites, vigencias, auditorías y sanciones. Aplica para quienes emiten:

  • Monederos de combustibles para vehículos marítimos, terrestres y aéreos
  • Monederos de vales de despensa

Se refuerzan los controles tecnológicos, tanto para nuevos emisores como para actualizaciones en los autorizados.


Publicación oficial:

DOF 13 mayo 2025

TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1-A, 3, 11, 14 y 15.


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