Industria automotriz México-Argentina: Nuevas cuotas y productos con arancel 0% en el ACE 55

DOF 09 mayo 2025

Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur

En resumen:

Fecha de entrada en vigor del Protocolo: 19 de marzo de 2025
Fecha de entrada en vigor del Acuerdo complementario: Inmediata a su publicación
Tipo de operaciones afectadas: Importación y exportación de vehículos y autopartes entre México y Argentina
Tipo de contribuyentes afectados: OEMs, ensambladoras, comercializadores, fabricantes de autopartes, importadores

La Secretaría de Economía publicó en el DOF tres documentos clave que regulan el comercio bilateral automotor México–Argentina bajo el Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE 55):

  1. Octavo Protocolo Adicional al Apéndice I
  2. Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I
  3. Listado oficial de fracciones arancelarias aplicables al comercio preferencial

1. Cuotas anuales de vehículos con arancel cero

México y Argentina establecen, de forma recíproca, una cuota libre de arancel por un monto de 773,125,578 USD (valor FOB) para importación de vehículos de pasajeros y vehículos comerciales ligeros del 19 de marzo de 2025 al 18 de marzo de 2026.

Las fracciones aplicables se enlistan en el Apéndice I y corresponden, entre otras, a:

  • 8703.21.01 a 8703.90.99: Vehículos de pasajeros y eléctricos
  • 8704.21.01 a 8704.52.99: Vehículos de transporte de mercancías ligeros

Los embarques en tránsito al 18 de marzo de 2026 pueden beneficiarse del trato preferencial si están amparados por certificado de cupo válido.

2. Fracciones de autopartes y maquinaria con arancel 0% sin cupo

Además del cupo automotriz, México aplicará arancel 0% ad-valorem a la importación de una extensa lista de productos automotores originarios de Argentina, sin restricción de volumen y bajo las fracciones señaladas en los literales e), f) y g) del ACE 55. Algunos ejemplos incluyen:

  • Autopartes plásticas (3926.90.xx, 4016.xx)
  • Cajas de cambio, embragues, diferenciales (8708.40.xx, 8708.50.xx)
  • Carrocerías, puertas, defensas, sistemas de suspensión (8708.29.xx, 8708.80.xx)
  • Equipos eléctricos y electrónicos automotrices (8511.xx, 8536.xx)
  • Filtros, válvulas, juntas y rodamientos (8421.xx, 8481.xx, 8482.xx)

3. Reglas de origen y contenido regional

Para el periodo 2025–2026 se aplicará un Índice de Contenido Regional (ICR) de 35%. Adicionalmente, se establecen porcentajes diferenciados para ciertos componentes:

FracciónDescripción (uso automotriz)ICR
85272100, 85272900Grabadores/reproductores de sonido20%
87084000Cajas de cambio20%
87085000Ejes con diferencial18%
87089900Los demás componentes automotrices19%

4. Consideraciones operativas y transitorias

  • ICR reducido del 20% aplicará a productos nuevos desde su lanzamiento comercial.
  • Las partes deben negociar nuevas condiciones de acceso a partir del 19 de marzo de 2026.
  • Certificados del Protocolo anterior (Séptimo) se aceptarán por 60 días adicionales.

¿Qué implica esto para tu empresa?

Este nuevo esquema de cooperación comercial:

  • Facilita el acceso recíproco libre de arancel a vehículos y autopartes
  • Optimiza el cumplimiento de reglas de origen
  • Abre oportunidades para relocalización y abastecimiento desde Argentina

Publicación oficial:

DOF 09 mayo 2025

ACUERDO por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur.


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