Se informa a los Agentes Aduanales que pueden presentar su Constancia de Residencia ante la Aduana de Adscripción o ACNA

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México D.F., a 2 de Septiembre de 2015

Constancia de Residencia (A.A. que no han dado cumplimiento)
A TODOS LOS ASOCIADOS:

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En seguimiento a nuestras Circulares T-0135/2015 Circulares CAAAREM 2015, T-0143/2015 Circulares CAAAREM 2015, T-0155/2015Circulares CAAAREM 2015, T-0170/2015Circulares CAAAREM 2015 y T-0178/2015Circulares CAAAREM 2015 de fecha 24 de junio, 02 y 27 de julio, 11 y 19 de agosto de 2015, respectivamente; mediante las cuales se dio a conocer la fecha límite para presentar la Constancia de residencia; al respecto y por medio de la presente se informa que derivado de las gestiones realizadas por CAAAREM, el presente día nos fue remitido el Oficio 800-02-00-00-00-9186 de fecha 01 de septiembre de 2015, signado por el Lic. Marcoflavio Rigada Soto, Administrador Central de Normatividad Aduanera, a través del cual nos solicita hacer del conocimiento de todos Ustedes, que partir de la fecha de emisión de dicho Oficio, el original de la constancia de residencia podrá presentarse indistintamente ante la aduana de adscripción o la Administración Central de Normatividad Aduanera.

En virtud de lo anterior, nos permitimos sugerir aquellos Agentes Aduanales que no han dado cumplimiento al artículo 217 del Reglamento de la Ley Aduanera, que a la brevedad presenten ante la Administración de Normatividad Aduanera “2” dependiente de la Administración Central de Normatividad Aduanera de la Administración General de Aduanas, el original de su Constancia de Residencia (Se anexa formato), toda vez que en caso de no cumplir
de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 160 de la Ley Aduanera, procederá la inhabilitación del Agente Aduanal, hasta en tanto no se cumpla con dicho requisito.

Por último, se confirma que los Agentes Aduanales que a la fecha hayan dado cumplimiento al artículo antes citado, ya no tendrán la obligación de presentar la Constancia de residencia en la Administración de Normatividad Aduanera “2”.

Sin otro en particular, reciban un cordial saludo y en caso de cualquier aclaración, duda y/o comentario sobre el tema que nos ocupa, favor de comunicarse con alguna de las siguientes personas:

Lic. Paola Vanessa Sosa Alvarado
Directora Jurídica
Tel. (55) 3300-7500 ext. 1629
vanessa.sosa@caaarem.mx

 

Lic. Esmeralda Sotelo Manríquez
Jefa Depto. de Agentes Aduanales
Tel. (55) 3300-7500 ext. 1622
esotelo@caaarem.mx
Lic. Paola Vanessa Osorio Silva
Abogada
Tel. (55) 3300-7500 ext. 1654
paola.osorio@caaarem.mx

 

ATENTAMENTELIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA

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