México D.F., a 4 de Enero de 2017
Vigencia de los registros como empresa de la frontera.
Oficios: 414.2016.4811 de fecha: 30/12/2016
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
En seguimiento a nuestra circular G-0288/2016, mediante la cual dimos a conocer la publicación del “Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte”, en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de noviembre de 2016, les comentamos lo siguiente:
Toda vez que en dicha publicación no se contemplo la vigencia de los registros de las empresas de la frontera, la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE), dependiente de la Subsecretaria de Industria y Comercio de la Secretaria de Economía, ha emitido el siguiente oficio sobre la vigencia de dichos registros:
“Único.- Los registros como empresa de la frontera, vigentes al 31 de diciembre de 2016, expedidos por la Secretaría de Economía, continuarán siendo validos en los términos en que fueron expedidos, y tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019”.
Lo anterior se hace del conocimiento, a efecto de que sea considerado en sus operaciones de comercio exterior.
Nota: Se adjunta oficio para su consulta.
Cualquier duda o comentario en relación al tema favor de dirigirlo a los siguientes correos: lramirez@caaarem.mx y alejandro.cruz@caaarem.mx.
LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA