Hoja Informativa #3
Ciudad de México, a 01 de marzo del 2017
Asómate a ventanilla… es única
Ventanilla Única – “Manifiesto de carga Aéreo, registro del CAAT”
Se hace referencia a la Hoja Informativa # 14 de fecha 26 de mayo de 2015, mediante la cual se hace del conocimiento el proceso del “Registro del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (Aéreo)”.
Sobre el particular se les informa que se publicó en la sección de descargas del portal de la Ventanilla Única (VUCEM), una actualización al documento “Manual para el registro CAAT Aéreo”, quedando como “Guía para el registro de CAAT Aéreo”.
Por lo que es muy importante que TODAS las empresas que proporcionen el servicio de transportación aérea de carga, nacionales o extranjeras, (Agentes Internacionales de Carga, Empresas de Transportación Aérea, Empresas de Mensajería y/o cualquier otra modalidad como los vuelos Charter), cuenten con un registro CAAT Aéreo de conformidad con la regla 2.4.4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017. El registro se podrá hacer indistintamente con el código IATA o ICAO, según el que tenga el usuario.
Asimismo, deberán observar la obligación prevista en las reglas 1.9.10 y 1.9.17 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, cumpliendo con la transmisión electrónica de datos a la Ventanilla Digital de la información relativa a las mercancías que transporten consignadas en la Guía Aérea House, Guía Aérea Master y Manifiesto de Carga.
Agradecemos sus comentarios y sugerencias a los correos ventanillaunica@sat.gob.mx y contacto@ventanillaunica.gob.mx