Hoja Informativa # 8
Ciudad de México, a 2 de Marzo de 2016
Asómate a ventanilla… es única
Validación IMMEX de los Artículos 32D, 69 y 69 B del Código Fiscal de la Federación
En relación al “Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación”, para quedar como Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), con el objeto de fomentar y otorgar facilidades a las empresas de ese sector para realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación y para la prestación de servicios de exportación, el cual fue publicado el pasado 6 de enero de 2016.
Para tal efecto, los usuarios que al ingresar a realizar su trámite IMMEX en Ventanilla única www.ventanillaunica.gob.mx y no tengan Opinión positiva vigente expedida por el SAT sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales del solicitante en términos de lo dispuesto en el artículo 32-D de Código Fiscal de la Federación, y que se encuentren en los listados publicados por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, con excepción de los dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69, no podrán realizar dicho trámite.
Al respecto, el SAT tiene la facultad para publicar en su página de Internet http://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/index.jsp?opcion=4 el Nombre, Denominación o Razón Social y RFC, de aquellos contribuyentes que se ubiquen en alguno de los supuestos anteriormente señalados, sin embargo, en el caso de existir alguna inconformidad, el contribuyente podrá realizar las aclaraciones que estime pertinentes así como aportar las pruebas que a su derecho convenga, acordes al contenido de la regla 1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, la cual establece…
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