DOF: 17/12/2015
Decisión Final de la Resolución final de la investigación antidumping sobre importaciones e éter monobutílico originarias de EUA

Publicaciones de comercio exterior y aduanas méxico
Asesoría y defensa legal para importadores y exportadores
DOF: 17/12/2015
DOF: 16/12/2015
DOF: 30/11/2015
Anexos 1-A, 3, 6, 7, 11, 14, 15, 17, 21 y 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 19 de noviembre de 2015.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 (D.O.F. 19/11/2015).
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Anexos 1-A, 3, 6, 7, 11, 14, 15, 17, 21 y 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 19 de noviembre de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 22 y 29.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g), del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la:
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de clavos de acero para concreto, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 7317.00.99 de la TIGIE.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
DOF: 10/11/2015