Se notifica a contribuyentes la Resolución DEFINITIVA de Inexistencia de Operaciones Facturadas

DOF: 24/07/2015

OFICIO mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

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