Secretaría de Economía de a conocer medidas para mantener operación de trámites de Comercio Exterior de forma remota

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G-0079/2020

México D.F. a 23 de marzo de 2020

Secretaría de Economía de a conocer medidas para mantener operación de trámites de Comercio Exterior de forma remota

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

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La Secretaría de Economía publico a través de su portal de SNICE con fecha del 20 de marzo de 2020 el Oficio No. 414.2020.654 referente a las medidas para continuar con los trámites de Comercio Exterior que se llevan a cabo a través de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), mismo que a continuación damos a conocer los cuales serán vigentes a partir del 23 de marzo de 2020.

I. Trámites VUCEM
Los trámites que se realizan por VUECEM operan de manera ordinaria.

IMMEX / PROSEC
Cuando el trámite requiera ser completado con el envío de información a través de cuanta de correo electrónico, realizarlo atendiendo al punto II.

II. Trámites fuera de VUCEM
La recepción de información a que se refiere le párrafo anterior, así como las autorizaciones correspondientes a los trámites que se llevan a cabo mediante correo electrónico, realizarlo a través de las siguientes cuentas:

Descargar Cuentas correo electrónico

Ya no es necesario marcar copia a los correo habilitados de manera temporal durante la contingencia (dominio impi),

Por el momento únicamente se recibirá la información que se envíe mediante estos correos electrónicos ya que la ventanilla física de la DGFCCE permanecerá cerrada hasta nuevo aviso.

III. Otras disposiciones

  1. a) Permisos Previos de Exportación de Azúcar.

A partir del 23/03/2020 las autorizaciones de los Permisos Previos de Exportación de Azúcar se enviaran a través de los correos electrónicos señalados en el punto II, mismos que contarán con firma facsímil.

La SE ha informado a la AGA y al Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América el cambio en las nuevas licencias a fin de no tener ningún problema en su aceptación.

Los permisos expedidos con firma autógrafa, continuaran siendo validos en los términos en que fueron expedidos.

  1. b) Ratificación de trámites IMMEX.

Tratándose de solicitudes de ampliación de sensibles y ampliación subsecuente IMMEX será aceptada incluso sin ratificación del Contador Publico en la Oficina de Representaciones correspondiente.

  1. c) Sistema de Certificados de Origen G2 y Sistema de Certificados Normas-Aduanas.

El Sistema de Certificados de Origen G2 opera con normalidad.

El sistema de Certificados Normas-Aduanas seguirá recibiendo la información contenida en el certificado de cumplimiento correspondiente

  1. d) Certificados de Origen y TPLs.

El plazo de respuesta para los certificados de origen y TPLs será de 3 días hábiles a partir del ingreso de la solicitud correspondiente. y podrán ser recogidos por los usuarios en las oficinas de representación de la SE y en la DGFCECE en horarios y días hábiles.

Los certificados expedidos al amparo del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, el Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea de Libre Comercio y/o el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, serán de 12 días hábiles posteriores al ingreso de la solicitud, por lo que se recomienda hacer uso del esquema de Exportador Autorizado utilizando el número otorgado por la SE.

Para efecto de lo dispuesto en el presente oficio, se deja sin efecto lo señalado en el comunicado 414.2020.446 (Circular G-0058/2020)

El Oficio No. 414.2020.654 puede ser consultado en el siguiente archivo.

Descargar 414.2020.654

Cualquier duda favor de contactar a la Dirección Operativa.

ATENTAMENTE

RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS

DIRECTOR GENERAL

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