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Secretaría de Economía corrige y actualiza montos del Código de Comercio para 2026

Montos de Comercio

DOF 18 febrero 2026

Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 18 de febrero de 2026 (mismo día de su publicación en el DOF)

El 18 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio”, emitido por la Secretaría de Economía .

¿A quién impacta esta modificación?

Este Acuerdo impacta principalmente a:

  • Empresas que participen en juicios mercantiles, incluidos procedimientos ejecutivos y orales mercantiles.
  • Personas físicas con actividad empresarial.
  • Áreas jurídicas y de cumplimiento corporativo.
  • Operadores de comercio exterior que puedan verse involucrados en controversias mercantiles derivadas de contratos, incumplimientos, títulos de crédito o prestación de servicios.

Si tu empresa mantiene relaciones comerciales con proveedores, clientes nacionales o participa en litigios mercantiles, esta actualización es relevante.

Fundamento legal

La Secretaría de Economía realiza esta actualización anual con base en los artículos:

  • 1067 Bis, fracción II
  • 1253, fracción VI
  • 1339
  • 1340
  • 1390 Bis 33

del Código de Comercio, conforme a la variación anual del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), según lo establece el propio ordenamiento .

El presente instrumento modifica el Acuerdo publicado el 26 de diciembre de 2025.

Montos actualizados 2026

El Artículo Único del Acuerdo establece los siguientes montos:

ArtículoMonto actualizado
1067 Bis, fracción II$11,091.60
1253, fracción VI$5,545.80
1339$924,300.58
1340$924,300.58
1390 Bis 33De $3,113.63 a $10,051.06

Temas relevantes y su impacto práctico

1. Cuantía para procedencia de recursos (Art. 1067 Bis, fracción II)

El monto actualizado incide en la procedencia de ciertos recursos dentro del juicio mercantil. Esto puede definir si una resolución es impugnable o no bajo determinadas condiciones económicas.

Impacto práctico:
Las áreas jurídicas deberán considerar el nuevo umbral económico al diseñar estrategias procesales.

2. Costas y gastos judiciales (Art. 1253, fracción VI)

El ajuste del monto modifica parámetros relacionados con la regulación de costas.

Impacto práctico:
Puede influir en la recuperación de gastos procesales y en la evaluación financiera del litigio.

3. Límite de cuantía para apelación (Arts. 1339 y 1340)

El nuevo monto de $924,300.58 impacta directamente en la procedencia del recurso de apelación en determinados juicios mercantiles.

Impacto operativo clave:
Si el monto del asunto es inferior a esta cuantía, podrían limitarse ciertos medios de defensa.

Esto obliga a evaluar con mayor precisión la cuantificación de prestaciones reclamadas.

4. Juicio Oral Mercantil (Art. 1390 Bis 33)

Se actualiza el rango económico para la tramitación del juicio oral mercantil:

  • Mínimo: $3,113.63
  • Máximo: $10,051.06

Este rango define la procedencia del procedimiento oral en asuntos de menor cuantía.

Impacto estratégico:
Puede modificar la vía procesal adecuada, afectando tiempos, costos y dinámica del litigio.

Consideraciones estratégicas para empresas

  • Revisar contratos vigentes y cláusulas de jurisdicción.
  • Ajustar criterios de cuantificación de reclamaciones.
  • Evaluar riesgos procesales bajo los nuevos umbrales.
  • Capacitar a equipos legales y administrativos.

Aunque se trata de una actualización inflacionaria, los montos procesales influyen directamente en la estrategia jurídica, especialmente en controversias derivadas de operaciones comerciales y de comercio exterior.

Conclusión

La Secretaría de Economía corrige y precisa los montos previamente publicados en diciembre de 2025, brindando certeza jurídica respecto a los umbrales económicos aplicables en el Código de Comercio.

Este tipo de actualizaciones, aunque técnicas, pueden modificar la viabilidad de recursos, la vía procesal y la estrategia legal de las empresas.

Si tu empresa participa en litigios mercantiles o mantiene operaciones comerciales relevantes, es momento de revisar el impacto de estos nuevos montos.


Publicación oficial:

DOF 18 febrero 2026

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio.


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