Secretaría de Economía convoca a presentar propuestas para el Segundo Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria de la Alianza del Pacífico

DOF: 11/09/2015

CONVOCATORIA para presentar propuestas para la integración del Segundo Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria de la Alianza del Pacífico entre Chile, Colombia, México y Perú.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

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CONVOCATORIA PARA PRESENTAR PROPUESTAS PARA LA INTEGRACIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE TRABAJO DE COOPERACIÓN REGULATORIA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO ENTRE CHILE, COLOMBIA, MÉXICO Y PERÚ.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2.a) y 4.2.h) del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico; 34 fracciones I, XIII, XXIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 5 de la Ley de Comercio Exterior; 2 apartado A fracción III, 6, 7 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, expide la siguiente convocatoria conforme a los siguientes:
Antecedentes
Durante la XX Cumbre Iberoamericana, en diciembre de 2010, los presidentes de Chile, Colombia, México y Perú instruyeron iniciar los trabajos para conformar la Alianza del Pacífico (AP). En 2011, durante la II Cumbre de la AP, se instruyó el inicio de los trabajos en materia de cooperación regulatoria y en junio de 2012, durante la IV Cumbre de la AP, se acordó avanzar en la identificación de sectores de interés común para contar con un plan de trabajo orientado a facilitar el comercio en la región. Con base en dicha instrucción, en 2012 se acordó el Primer Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria, enfocado en los sectores de productos cosméticos y medicamentos de síntesis química.
Los resultados del Primer Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria fueron el Anexo sobre la Eliminación de Obstáculos Técnicos al Comercio de Productos Cosméticos, al Capítulo de Obstáculos Técnicos al Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la AP y el Acuerdo Interinstitucional de Cooperación entre Autoridades Sanitarias de la AP, respectivamente. En 2014, los Líderes de la AP instruyeron la continuación de los trabajos en curso y la exploración de nuevas áreas en las que se pudiera promover la cooperación regulatoria.
En ese sentido, con el objetivo de incrementar la competitividad del país y, de esa manera, fomentar el crecimiento de la economía y generar más y mejores empleos, es de vital importancia consolidar a México como un país que impulsa la realización de proyectos productivos, y promueve un ambiente propicio para las inversiones, a fin de simplificar la vida de los mexicanos.
Por su parte, un elemento clave para fomentar el crecimiento e incrementar la competitividad del país consiste en facilitar el comercio exterior y la inversión a través de la eliminación de costos innecesarios de los productos, como el cumplimiento de requisitos redundantes o repetitivos en los mercados de exportación. Asimismo, una de las herramientas más importantes para eliminar dichos costos regulatorios innecesarios, especialmente en el comercio exterior y la inversión, es la cooperación regulatoria con nuestros socios comerciales.
Los beneficios de la cooperación regulatoria incluyen: (i) la reducción de costos de transacción para los ciudadanos y las empresas; (ii) la mejora del acceso a mercados de productos y servicios; y (iii) la aproximación de los enfoques regulatorios de los socios comerciales y el aumento del conocimiento sobre los mismos. Lo cual permite impulsar el crecimiento económico, la competitividad y desarrollo, al tiempo que se garantiza la protección de objetivos legítimos como la seguridad, la salud humana y el medio ambiente.
Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en la Meta 5: “México con Responsabilidad Global”, como parte de las estrategia del Gobierno Federal, la participación del país en foros y organismos internacionales, a fin de reducir las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio de bienes y servicios, así como profundizar las relaciones comerciales con nuestros socios comerciales.
A su vez, el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018 establece en su Objetivo sectorial 4: “Promover una mayor competencia en los mercados y avanzar hacia una mejora regulatoria integral” y contempla como una de sus líneas de acción los mecanismos de intercambio de experiencias e información a nivel internacional en materia de gobernanza regulatoria.
Por lo anterior, y reconociendo la importancia de que los actores relevantes (organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, sector privado, gobiernos estatales y municipales, así como el público en general) participen activamente enviando sus comentarios y recomendaciones sobre iniciativas de cooperación regulatoria con los socios comerciales de México, con el fin de definir acciones que permitan incrementar la competitividad del país y de la región mediante la reducción y/o eliminación de costos innecesarios, se invita a participar a dichos actores en el proceso de integración del Segundo Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria de la AP, de conformidad con las siguientes:
Bases
PRIMERA. La presente Convocatoria tiene por objeto solicitar propuestas y comentarios en materia de cooperación regulatoria, con el fin de establecer áreas de oportunidad relacionadas con el cumplimento de normas, reglamentos técnicos y procedimientos para la evaluación de la conformidad, y de esta forma tener los insumos necesarios para integrar el Segundo Programa de Trabajo de Cooperación Regulatoria de la Alianza del Pacífico.
SEGUNDA. Podrán presentar sus propuestas y comentarios las instituciones públicas y privadas, centros de investigación, instituciones de educación superior, Cámaras o sus Confederaciones, gobiernos estatales y municipales, así como el público en general.
TERCERA. Los interesados deberán presentar sus propuestas y comentarios en los términos de la presente Convocatoria, los cuales deberán ser específicos y señalar lo siguiente:
a)    Normas, reglamentos técnicos, o procedimientos para la evaluación de la conformidad: Identificar la norma, reglamento técnico o procedimiento para la evaluación de la conformidad de productos vigentes en Chile, Colombia y Perú al que se refiere la problemática.
b)    Autoridad responsable o competente: Identificar la autoridad o agencia regulatoria de Chile, Colombia y Perú competente en la expedición, aplicación y/o vigilancia de la norma, reglamento técnico o procedimiento para la evaluación de la conformidad correspondiente.
c)    Problemática: Describir el obstáculo o la barrera que actualmente se enfrenta y sus características.
d)    Evidencia del problema: En su caso, presentar evidencia empírica o estadística el problema y, en su caso, datos del impacto económico de la medida.
e)    Propuesta: En la medida de lo posible, identificar la propuesta de alternativa para resolver la problemática, explicar de qué manera se resolvería la problemática descrita previamente y el resultado que se pretende lograr.
f)     Fundamento jurídico: Identificar el/los instrumentos legales nacionales, internacionales o particulares de otros países que se consideraron para elaborar la propuesta.
CUARTA. Las propuestas deberán enviarse en español al correo electrónico ricardo.aranda@economia.gob.mx, con los siguientes datos de contacto:
(1) Nombre completo del proponente o representante legal;
(2) Nombre de la Empresa, Asociación, Cámara, Organización o similar que representa;
(3) Nacionalidad;
(4) Domicilio, teléfono y correo electrónico para recibir notificaciones, y
(5) Actividad preponderante y sector económico en el que la desarrolla.
Las dudas relacionadas con la presente Convocatoria podrán ser enviadas al mismo correo electrónico.
QUINTA. La Secretaría de Economía podrá solicitar a los participantes de la Convocatoria comentarios específicos respecto de las propuestas que hayan presentado. Para estos efectos, se podrá crear una encuesta electrónica a través de la cual se obtengan dichos comentarios, la cual se dará a conocer a través de su página de Internet (www.economia.gob.mx) durante el periodo de consulta señalado en la base Octava de la presente Convocatoria.
SEXTA. La participación de los particulares en la presente Convocatoria no limita ni prejuzga la autoridad de la Secretaría de Economía para definir los temas que finalmente serán integrados al referido Programa de Trabajo, así como para ejercer sus atribuciones en términos de los Tratados Internacionales, las Leyes, y en su caso, los Reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables.
SÉPTIMA. La Secretaría de Economía dará a conocer en su página web (www.economia.gob.mx), los resultados de la consulta pública, a más tardar treinta días naturales posteriores a la fecha de cierre de la presente Convocatoria.
OCTAVA. El periodo para presentar propuestas estará vigente por treinta días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 28 de agosto de 2015.- El Subsecretario de Comercio Exterior, Francisco Leopoldo de Rosenzweig Mendialdua.- Rúbrica.

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