Se señalan como inhábiles para SE los días de 2018 que se indican y sus efectos para la tramitación de asuntos

0.B8
G-0016/2018
México D.F., a 31 de Enero de 2018

Acuerdo por el que se señalan como inhábiles para la Secretaría de Economía los días de 2018 que a continuación se indican y sus efectos para la tramitación de asuntos ante la misma.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

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Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 31/01/2018 el Acuerdo citado al rubro, cuya entrada en vigor es el día siguiente de su publicación, como a continuación se indica:

En dicho Acuerdo, se establece que para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante las unidades administrativas de la SE, incluyendo sus delegaciones y subdelegaciones federales y su órgano administrativo desconcentrado, además de los días previstos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se considerarán como días inhábiles para el año 2018 los siguientes, dentro de los cuales no correrán términos:

  • El 5 de febrero;
  • El 19 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo);
  • El 29 y 30 de marzo;
  • El 2 de noviembre, y
  • El 19 de noviembre.

Nota: Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2018, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determine la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2018-2019.

El presente Acuerdo se encuentra integrado en la Base de Datos CAAAREM para su consulta.

ATENTAMENTE
RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA