DOF 09 diciembre 2025
ACUERDO por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México.
En resumen:
Fecha de entrada en vigor: Mismo día de su publicación
Tipo de contribuyentes / operaciones afectadas:
- Empresas y personas físicas que realicen trámites, promociones o procedimientos ante la ANAM
- Agentes aduanales, representantes legales, importadores y exportadores
Fundamento Legal:
- Artículo 12, primer y segundo párrafos, del Código Fiscal de la Federación (CFF)
- Artículos 13 del CFF, 1º, 10, 18, 19, 35, 36 y 43 de la Ley Aduanera
- Artículo 14 del Reglamento de la Ley Aduanera
- Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (Horario de las Aduanas)
¿Qué establece el Acuerdo?
Del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026, se declara como el segundo periodo general de vacaciones de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Durante este periodo:
- NO se computan plazos ni términos legales en los trámites, actos o procedimientos ante la ANAM.
- Las unidades administrativas estarán oficialmente en receso, salvo el personal designado para guardias operativas.
- El despacho aduanero y las operaciones esenciales no se detienen, gracias a personal de guardia que garantiza la continuidad de funciones.
Implicaciones prácticas:
- Suspensión de términos: Si estás gestionando autorizaciones, trámites de resolución anticipada, o promoviendo algún procedimiento, los días comprendidos en este periodo no contarán para el cómputo de plazos.
- Programación de operaciones: Las empresas que operan bajo esquemas como IMMEX o cuentan con programas especiales deben considerar este periodo para planificar solicitudes de autorización o aclaraciones.
- Despacho aduanero continúa: Las aduanas seguirán operando conforme al Anexo 4, por lo que las importaciones y exportaciones pueden realizarse con normalidad, pero trámites administrativos no se resolverán hasta después del 2 de enero.
Publicación oficial:
DOF 09 diciembre 2025
ACUERDO por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México.
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