Blog Aduanero

Noticias y Publicaciones de Comercio Exterior

Advertisement

Se publica el segundo periodo general de vacaciones 2025 para la ANAM

DOF 09 diciembre 2025

ACUERDO por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México.

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: Mismo día de su publicación
Tipo de contribuyentes / operaciones afectadas:

  • Empresas y personas físicas que realicen trámites, promociones o procedimientos ante la ANAM
  • Agentes aduanales, representantes legales, importadores y exportadores

Fundamento Legal:

  • Artículo 12, primer y segundo párrafos, del Código Fiscal de la Federación (CFF)
  • Artículos 13 del CFF, 1º, 10, 18, 19, 35, 36 y 43 de la Ley Aduanera
  • Artículo 14 del Reglamento de la Ley Aduanera
  • Anexo 4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (Horario de las Aduanas)

¿Qué establece el Acuerdo?

Del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026, se declara como el segundo periodo general de vacaciones de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

Durante este periodo:

  • NO se computan plazos ni términos legales en los trámites, actos o procedimientos ante la ANAM.
  • Las unidades administrativas estarán oficialmente en receso, salvo el personal designado para guardias operativas.
  • El despacho aduanero y las operaciones esenciales no se detienen, gracias a personal de guardia que garantiza la continuidad de funciones.

Implicaciones prácticas:

  1. Suspensión de términos: Si estás gestionando autorizaciones, trámites de resolución anticipada, o promoviendo algún procedimiento, los días comprendidos en este periodo no contarán para el cómputo de plazos.
  2. Programación de operaciones: Las empresas que operan bajo esquemas como IMMEX o cuentan con programas especiales deben considerar este periodo para planificar solicitudes de autorización o aclaraciones.
  3. Despacho aduanero continúa: Las aduanas seguirán operando conforme al Anexo 4, por lo que las importaciones y exportaciones pueden realizarse con normalidad, pero trámites administrativos no se resolverán hasta después del 2 de enero.

Publicación oficial:

DOF 09 diciembre 2025

ACUERDO por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2025 para la Agencia Nacional de Aduanas de México.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)

Consorcio Jurídico Aduanero

Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!