Blog Aduanero

Noticias y Publicaciones de Comercio Exterior

Advertisement

Se publica el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 – SIPRED 2025

DOF 26 enero 2026

Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025

En resumen:

Fecha de entrada en vigor: 27 de enero de 2026
Dirigido a: Contribuyentes que optan por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales, así como a Contadores Públicos Inscritos (CPI) y empresas que operan bajo regímenes especiales (bancos, aseguradoras, casas de bolsa, residentes en el extranjero, sociedades integradoras e integradas, etc.)

El 26 de enero de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, el cual contiene las disposiciones aplicables al dictamen fiscal de estados financieros para el ejercicio 2025, a través del sistema SIPRED 2025 Tipo II. Este documento regula la presentación del dictamen emitido por un contador público inscrito, así como los formatos guía, instructivos y cuestionarios obligatorios.

Fundamento legal:

  • Artículos 32-A (quinto párrafo) y 52, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF)
  • Reglas 1.4., fracción XIX y 2.10.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026

Sujetos obligados o interesados:

  • Personas morales que optan por dictaminar estados financieros
  • Contadores Públicos Inscritos
  • Instituciones del sector financiero y contribuyentes con operaciones internacionales
  • Sociedades fusionadas o escindidas

Temas abordados y documentos incluidos:

  1. Instructivo de integración y presentación del dictamen fiscal SIPRED 2025
  2. Instructivo de características del llenado SIPRED 2025
  3. Formatos guía específicos por tipo de entidad:
    • A: Instituciones de crédito (bancos)
    • B: Instituciones de seguros y fianzas
    • C: Casas de bolsa
    • D: Sociedades controladoras de grupos financieros
    • E: Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero
    • F: Sociedades integradoras e integradas
    • G: Banco de México
  4. Cuestionarios obligatorios del CPI:
    • Diagnóstico fiscal
    • Precios de transferencia

Puntos importantes a considerar:

1. Obligatoriedad de SIPRED 2025:

Todos los dictámenes deben presentarse mediante el sistema SIPRED 2025, sin posibilidad de utilizar software alterno. El archivo debe estar en formato encriptado .sb2x.

2. Estructura del dictamen fiscal:

Incluye estados financieros, conciliaciones contable-fiscal, análisis de subcuentas, relaciones de contribuciones, operaciones con partes relacionadas, entre otros anexos. Se integran además las opiniones del contador y cuestionarios especializados.

3. Información obligatoria adicional:

  • Declaratoria de contribuciones
  • Opinión técnica del auditor
  • Información adicional (por ejemplo: escisiones y fusiones)
  • Casos en que se determinen diferencias fiscales por parte del contador

4. Validación técnica:

El SIPRED incluye validaciones para evitar errores en captura. Se deben respetar índices, estructuras, columnas y criterios de variación. Se exigen explicaciones cuando haya variaciones significativas (+14% anual, con base mínima de 4%).

5. Requisitos técnicos y de compatibilidad:

  • Office 2010 o superior
  • Windows 7 en adelante
  • e.Firma del contribuyente, CPI y representante legal

Recomendación práctica:

Las empresas que opten por dictaminar, así como sus contadores, deberán familiarizarse a la brevedad con la estructura del nuevo SIPRED 2025 y los requisitos establecidos en este Anexo 19. Se recomienda realizar pruebas de captura, validar anticipadamente la información y evitar inconsistencias o diferencias no explicadas.

Para empresas con operaciones internacionales, partes relacionadas, fusiones, escisiones o regímenes especiales, la atención a los anexos adicionales y cuestionarios es crítica.


Publicación oficial:

DOF 26 enero 2026

ANEXO 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025.


Para cualquier duda relacionada con esta publicación por favor contacte a nuestros asesores:

Tel. (+52) 55 4632 2870 (llamadas y WhatsApp)

Consorcio Jurídico Aduanero

Consultoría y Defensa Aduanera… Confiable!