Se otorga patente de Agente Aduanal número 1722 a la ciudadana Lydia Georgina Méndez Arellano, para ejercer funciones ante Aduana de Guanajuato

DOF: 30/11/2020

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1722 a la ciudadana Lydia Georgina Méndez Arellano, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Guanajuato como aduana de adscripción.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.G/800/02/03/00/00/18-107-0-40Asunto: Se expide patente de agente aduanal.Vista la solicitud de la C. Lydia Georgina Méndez Arellano, para que se expida patente de agente aduanal, y tomando en cuenta el acuerdo, en el que se reconoce que ha cumplido con los requisitos del artículo 159 de la Ley Aduanera; el Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción II, inciso b) y párrafo segundo; 5, primer párrafo; 11, primer párrafo, fracción XVIII; 12, párrafo primero, fracción II; 13, primer párrafo, fracciones I y II; 19, fracciones XIX, XXIV y XXV, tercer párrafo, numeral 2; en relación con el artículo 20, párrafo primero, apartado B, fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente; y 144, fracciones XXI y XXXV de la LeyAduanera, procede a emitir el siguiente:ACUERDO
PRIMERO. – Se otorga patente de agente aduanal número 1722 a la C. Lydia Georgina Méndez Arellano, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Guanajuato como aduana de adscripción.SEGUNDO. – En cumplimiento al artículo 214 del Reglamento de la Ley Aduanera, publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa de la C. Lydia Georgina Méndez Arellano.TERCERO. – Gírese oficio al administrador de la aduana de Guanajuato, remitiéndole copia simple del presente acuerdo.AtentamenteCiudad de México, Jueves, 12 de abril de 2018.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas y de los Administradores de Apoyo Jurídico de Aduanas “1”, “2”, “3”, “4”, “5”, “6”, “7”, “8”, “9” y “10” con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo y 19, numeral 2, inciso k) del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma el Administrador de Apoyo Jurídico de Aduanas “11”, Christian Alejandro Fregoso Duran.- Rúbrica.